BOLETÍN Nº 57 - 10 de mayo de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Obras y Servicios Públicos

RESOLUCION 348/2002, de 8 de abril, del Director General de Obras Públicas por la que se resuelve la fase de Información Pública y se aprueba definitivamente el proyecto de construcción de "Nuevo trazado de la carretera entre Fustiñana y Ribaforada".

El proyecto de construcción de "Nuevo trazado de la carretera entre Fustiñana y Ribaforada", fue aprobado técnicamente y sometido a información pública por Resolución 130/2002 de 28 de enero, siendo publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 19, de 13 de febrero de 2002.

El Servicio de Proyectos, Tecnología y Obras Hidráulicas informa que transcurrido el plazo de alegaciones, se han recibido las siguientes:

Alegación 1.ª El Ayuntamiento de Ribaforada, representado por su alcalde don Pascual Arriazu García.

1.º Solicita que la carretera Fustiñana-Ribaforada contemple necesariamente la comunicación directa de dicha carretera con la N-232 y/o la NA-5200, al objeto de evitar la vía de ferrocarril y el paso del tráfico por el centro de la localidad.

2.º Apoya en su integridad las alegaciones presentadas por los propietarios de parcelas agrícolas, incluidas las patrimoniales del propio Ayuntamiento. Estas alegaciones se detallan en la Alegación número 2.

3.º Insta al Departamento de Obras Públicas para que en base a las alegaciones presentadas, realice los cambios que procedan en el Proyecto, al objeto de atender, en la medida de lo posible, las alegaciones presentadas.

Contestación:

1.º Se desestima lo alegado. El tramo considerado no es objeto de este proyecto, pudiendo serlo de otro proyecto diferente.

2.º y 3.º Se remita la contestación correspondiente a la alegación número 2.

Alegación 2.ª Don Jesús Litago Zardoya (en representación de Doña Gloria Zardoya Murillo, propietaria de la parcela 208 con el código RI-05 y 33 propietarios más).

1.º Solicita que se construya una carretera elevada, sostenida sobre pilares por toda la huerta de Ribaforada en un tramo de una longitud aproximada de 800 metros sobre el camino de 9 metros existente. Argumenta que esta solución no encarecería el proyecto, y solucionaría los problemas de evacuación de aguas, de expropiaciones y de desprendimiento de gravas del terraplén.

2.º Argumenta que dado que el trazado en su mayoría es una recta y el tráfico no va a ser muy intenso, no existen motivos de seguridad viaria que impidan reducir la anchura de la carretera y aprovechar el camino existente para hacer el terraplén.

3.º La carretera proyectada tiene una altura con relación a las fincas que oscila entre los 3 y 5 metros. La zona de las parcelas afectadas es el lugar mas profundo de la huerta de Ribaforada, por lo que es necesario realizar una evacuación de aguas de lluvias o de salidas del río Ebro. Se propone la construcción de una cuneta a ambos lados de la carretera para canalizar este agua hacia el escorredero del Carrizal, situado junto al Canal Imperial de Aragón.

4.º El proyecto de la carretera Ribaforada-Fustiñana no contempla el acceso a la carretera de las fincas colindantes.

5.º El proyecto de la carretera Ribaforada-Fustiñana no contempla el cruce con un camino existente que lo atraviesa por la mitad.

6.º Solicita al Director General de Obras Públicas que reconozca la vulneración del principio de coordinación administrativa entre el Servicio de Proyectos y Tecnología y Obras Hidráulicas, del Departamento de Obras Públicas Transportes y Comunicaciones y el Servicio de Estructuras Agrarias del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, ya que se ha terminado la concentración parcelaria hace menos de un año, podían haberse dejado los metros necesarios para la carretera y evitar así la expropiación.

7.º Solicita al Director General de Obras Públicas que dé una explicación de por qué el camino de 9 m. de ancho por donde se va a ejecutar el proyecto de carretera, siendo zona de masa común, propiedad del Sindicato de la Huerta de Ribaforada, no figura en la relación de bienes objeto de expropiación sometida a información pública.

Contestación:

1.º Se desestima lo alegado por las siguientes razones:

a) La solución de puente elevado alargaría la longitud de la estructura sobre el río Ebro de los 247 metros proyectados a 1.047 metros, por lo que el coste de la obra se encarecería casi en la misma proporción.

b) El Estudio Hidrológico e Hidráulico del proyecto pone de manifiesto que el drenaje proyectado tiene capacidad suficiente y cumple con la normativa vigente.

c) Los terraplenes se revegetarán con tierra vegetal, con lo cual impediría el posible desprendimiento de gravas.

2.º Se desestima lo alegado. La sección prevista para esta carretera en el proyecto es la recomendada para este tipo de carretera en la Instrucción de Carreteras, Norma 3.1-IC.

3.º Se estima lo alegado. La altura de la carretera, entre los P.K. 0+580 al P.K. 0+680, varía entre 0,79 m. y 0,97 m. sobre el terreno natural. En este tramo se construirá una cuneta en el pie de terraplén, a ambos lados, que evacuará las aguas hacia el escorredero del Carrizal.

4.º Se desestima lo alegado. El acceso a las fincas colindantes con la carretera se garantiza a través de la red de caminos existente. Esta red de caminos accede a la carretera en la parte central de la huerta, en el P.K. 0+720.

5.º Se estima lo alegado. Dicho camino tiene acceso a la carretera nueva, tal como se indica en la respuesta 4.ª

6.º Se desestima lo alegado. El proyecto de nueva carretera entre Fustiñana y Ribaforada se redactó en 1994 y se revisó en 1999. El Servicio de Estructuras Agrarias, por medio de la empresa pública Riegos de Navarra, S.A., coordinado con el Servicio de Proyectos, Tecnología y Obras Hidráulicas, incorporó a la concentración parcelaria del polígono 3 del término municipal de Ribaforada, el nuevo trazado de la carretera, situando precisamente el camino en el eje de la carretera proyectada, a efectos de que la construcción de ésta no produjese partición de las parcelas concentradas.

7.º Se desestima lo alegado. Los caminos de un término municipal son normalmente bienes de dominio público. Si el camino afectado es masa común, propiedad del Sindicato de las Huertas de Ribaforada, deberá acreditarlo documentalmente, antes del levantamiento de las actas previas a la ocupación. La zona a ocupar del camino tiene una superficie de 8.700 m2 y la parte afectada de terreno, más próxima al canal Imperial, parcela 413, tiene una extensión de 7345 m2.

Alegación 3.ª Don Vicente Almenara Almenara.

1.º y 2.º Alega que en la información pública aparecen las parcelas 806 y 807 de su propiedad, objeto de ocupación temporal para extracción de préstamos. Estas parcelas limitan con las parcelas 778, 777 y 776 también de su propiedad y constituyen, todas ellas, una explotación agrícola con riego por goteo y con un almacén agrícola. Estas parcelas limitan con un manantial cuyo aprovechamiento para riego tiene legalizado.

En las proximidades hay otras parcelas cuyos propietarios están dispuestos a que sus parcelas sean objeto de ocupación temporal para la extracción de préstamos, y por este motivo las han ofrecido al Ayuntamiento. Incluso el mismo Ayuntamiento, en el caso de no llegar a un acuerdo con estos propietarios está dispuesto a ofrecer comunales en los que también hay gravas.

Por lo expuesto solicita que se excluya de la relación de bienes afectados las parcelas 806 y 807 de su propiedad, y así evitar la degradación del citado manantial.

Contestación:

1.º y 2.º Se desestima lo alegado. No obstante, al iniciar las obras se estudiará, vista la calidad y espesor de los materiales, la extracción de los préstamos de otra parcela.

Alegación 4.ª Don Policarpo Gil Logroño.

1.º Que la parcela 17 del polígono 7 de Ribaforada que en la información pública figura a nombre de Policarpo Gil Logroño, siendo la titular de la misma María Pilar Gil Logroño, por lo que solicita se modifique la titularidad de la parcela.

Contestación:

1.º Se estima lo alegado. Si bien la titular de la parcela deberá comparecer con la documentación original, que acredite su titularidad, en el levantamiento de actas previas a la ocupación a la que se le citará oportunamente.

Alegación 5.ª Don Emilio Jordán Manero.

1.º Que la parcela 61 del polígono 3 de Cabanillas, CA-8, que en la información pública figura a nombre de Carmen Gil Llorente, siendo propiedad de Emilio Jordán Manero, según escritura que aporta, solicita se modifique la titularidad de la parcela.

2.º Que la parcela 6 del polígono 3 de Cabanillas, CA-17, que en la información pública figura a nombre de Alfonso Gil Gil, siendo propiedad de Emilio Jordán Manero, según escritura que aporta, solicita se modifique la titularidad de la parcela.

3.º Que la parcela 88 del polígono 3 de Cabanillas, CA-03, que en la información pública figura a nombre de Emilio Jordán Gil, siendo propiedad de Emilio Jordán Manero, la superficie expropiada 2.425 m2, puede existir un error, en defecto, de los metros a expropiar dado que la parcela está en dos niveles.

4.º El trazado del proyecto es susceptible de mejora, continuando en recta el trazado junto a la cañada de Campo Bajo hasta la Mejana de Campo Bajo, haciendo allí la curva para la intersección con el trazado de Ribaforada, dado que el trazado actual divide muchas parcelas, dejando restos impracticables para el cultivo.

Contestación:

1.º y 2.º Se estima lo alegado.

3.º Comprobada la superficie a expropiar en la citada parcela, resultan 2.108 m2.

4.º Se desestima lo alegado. El trazado proyectado cumple la normativa de la Instrucción de Carreteras, y la solución expuesta empeora notablemente dicho trazado, al reducir los radios de las curvas de unión con la alineación de Ribaforada.

Se ha detectado que en el término de Cabanillas, las afecciones no se han referenciado en cuanto al límite de las parcelas, con el catastro actual y que no es correcta en Fustiñana la numeración catastral.

Subsanados dichos errores y corregidos los parcelarios, a continuación se relacionan las afecciones que han sufrido modificaciones con la información pública realizada.

TERMINO MUNICIPAL DE RIBAFORADA

RI-22 ALAIZA AGUADO, Jesús San José, 5

RIBAFORADA 263 3 192 T. Labor Int.

RI-48 RODRIGUEZ NUÑO, Carlos Ramón y Cajal

CABANILLAS 2.398 7 12 B T. Labor Int.

RI-49 GIL LOGROÑO, Pilar Víctor de la Serna, 46. 3.º B

MADRID 2.032 7 17 T. Labor Int.

TERMINO MUNICIPAL DE CABANILLAS

CA-02 AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS Plaza del Ayuntamiento, 8

CABANILLAS 2.629 3 86 T. Labor Int.

CA-03 JORDAN GIL, Emilio Gral. Mola, 17

FUSTIÑANA 2.108 3 88 T. Labor Int.

CA-04 IÑIGUEZ CACHO, Santiago y otros S. Francisco Javier, 12

FUSTIÑANA 277 3 66 B Espárragos

CA-05 IÑIGUEZ CACHO, Santiago y otros S. Francisco Javier, 12

FUSTIÑANA 1837 3 66 A T. Labor Int.

CA-06 GIL LLERA, José Gral. Mola, 17

FUSTIÑANA 0,00 3 65 T. Labor Int.

CA-07 FLORISTAN ARRONDO, Josefa Iglesia, 7

FUSTIÑANA 588 3 67 Espárragos

CA-08 JORDAN MANERO, Emilio Gral. Mola, 21

FUSTIÑANA 1184 3 61 T. Labor Int.

CA-09 ARRONDO FANLO, Pedro Escuelas, 43

FUSTIÑANA 1.033 3 60 T. Labor Int.

CA-10 CEREZO LARAÑA, Eulogio Gral. Mola, 2

CABANILLAS 300 3 59 T. Labor Ext.

CA-11 JORDAN GIL, María Luisa Baja Navarra

PAMPLONA 3.040 3 36 T. Labor Int.

CA-12 FERRER BLASCO, Feliciano Mártires de la Patria, 9

FUSTIÑANA 376 3 29 Espárragos

CA-13 GIL ARRONDO, Luis Fernándo Mártires de la Patria, 9

FUSTIÑANA 1.354 3 28 T. Labor Int.

CA-14 LITAGO GIL, Jesús Gral. Franco, 28

FUSTIÑANA 7.188 3 19 T. Labor Int.

CA-15 ARRONDO ZOCO, Isabel Escuelas, 33

CABANILLAS 6.153 3 10 T. Labor Int.

CA-16 CHAVARRIA SALVATIERRA, María Engracia Iglesia, 7

FUSTIÑANA 1.061 3 9 T. Labor Int.

CA-17 JORDAN MANERO, Emilio Gral. Mola, 21

FUSTIÑANA 2.252 3 6 T. Labor Int.

CA-18 GIL OVIEDO, José Alfonso XIII, 46

FUSTIÑANA 2.297 3 7 T. Labor Int.

TERMINO MUNICIPAL DE FUSTIÑANA

FU-01 MARCHITE LLERA, María Teresa Pablo VI

FUSTIÑANA 1.561 2 63 T. Labor Int.

FU-03 ELIA TUDELA, José Luis Gral. Mola

FUSTIÑANA 2.392 2 61 T. Labor Int.

FU-04 MALLAGRAY GIL, M.ª Alicia y M.ª Blanca Maestro Extremiana

ZARAGOZA 2.857 2 60 T. Labor Int.

FU-05 COMUNAL DE FUSTIÑANA Plaza de los Fueros, s/n

FUSTIÑANA 100 2 776 T. Labor Int.

FU-06 COMUNAL DE FUSTIÑANA Plaza de los Fueros, s/n

FUSTIÑANA 300 2 775 T. Labor Int.

FU-07 COMUNAL DE FUSTIÑANA Plaza de los Fueros, s/n

FUSTIÑANA 446 2 774 T. Labor Int.

FU-08 COMUNAL DE FUSTIÑANA Plaza de los Fueros, s/n

FUSTIÑANA 1.013 2 773 T. Labor Int.

FU-09 COMUNAL DE FUSTIÑANA Plaza de los Fueros, s/n

FUSTIÑANA 107 2 771 T. Labor Int.

FU-10 COMUNAL DE FUSTIÑANA Plaza de los Fueros, s/n

FUSTIÑANA 390 2 767 Pastos

FU-11 COMUNAL DE FUSTIÑANA Plaza de los Fueros, s/n

FUSTIÑANA 1.960 9 626 T. Labor

FU-12 COMUNAL DE FUSTIÑANA Plaza de los Fueros, s/n

FUSTIÑANA 1.863 10 1069 T. Labor Int.

FU-13 COMUNAL DE FUSTIÑANA Plaza de los Fueros, s/n

FUSTIÑANA 269 13 169 T. Labor Ext.

FU-14 COMUNAL DE FUSTIÑANA Plaza de los Fueros, s/n

FUSTIÑANA 84 13 168 Espárragos

Por Resolución 575/2002, de 26 de febrero, del Director General de Medio Ambiente, se formuló la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental.

En su virtud, de acuerdo con lo informado y propuesto por el Servicio de Proyectos, Tecnología y Obras Hidráulicas, y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/99, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

1.º Resolver la fase de Información Pública del Proyecto de Construcción de "Nuevo trazado de la carretera entre Fustiñana y Ribaforada" en el sentido indicado en la parte expositiva.

2.º Aprobar definitivamente el Proyecto de construcción de" Nuevo trazado de la carretera entre Fustiñana y Ribaforada", cuyo presupuesto de ejecución por contrata asciende a 6.279.926,74 Euros.

3.º Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en dos diarios de la Comunidad Foral.

4.º Dar traslado de la presente Resolución al Servicio de Proyectos, Tecnología y Obras Hidráulicas, al Servicio de Caminos y Construcción, a la Sección de Expropiaciones, y a los Ayuntamientos de Ribaforada, Cabanillas y Fustiñana, a los efectos oportunos.

Pamplona, ocho de abril de dos mil dos.-El Director General de Obras Públicas, Alvaro Miranda Simavilla.

Código del anuncio: A0203990