BOLETÍN Nº 54 - 3 de mayo de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

ORDEN FORAL 543/2002, de 8 de abril, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se resuelve el expediente de modificación del Plan Municipal de Buñuel, en parcelas situadas entre calle Ramírez Figueroa y calle de las Rozas de San Antón, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

El Ayuntamiento de Buñuel ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda para su resolución definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente resolver el expediente conforme a lo señalado en la parte dispositiva de esta Orden Foral.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente la clasificación, como suelo urbano, propuesta para los terrenos de las parcelas 154, 155, 161, 162, 163, 164, 165, 167, 227, 228, 229, 310 y 1060, todas ellas del polígono 5.

2.º Denegar la aprobación definitiva de la clasificación, como suelo urbano, propuesta para los terrenos de las parcelas 1038 y 1069 del polígono 5, por carecer de los servicios urbanísticos en las condiciones señaladas en el Decreto Foral 589/99.

3.º Señalar que contra esta Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra el expediente de modificación se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la presente Orden Foral, tal como se dispone en el articulo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.º Notificar esta Orden Foral al Ayuntamiento de Buñuel y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, ocho de abril de dos mil dos.-El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, Jesús Javier Marcotegui Ros.

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