BOLETÍN Nº 43 - 8 de abril de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACION DEL TERRITORIO Y VIVIENDA. Expediente sancionador

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Reguladora del Procedimiento Administrativo Común, de la Orden Foral de incoación de expediente sancionador número 403/01 a don José Antonio Jiménez Amador, por infracción a la normativa vigente en materia de caza, se procede por el siguiente a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la citada Ley.

ORDEN FORAL 133/2002, de 1 de febrero, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda por la que se incoa expediente sancionador a don José Antonio Jiménez Amador.

A la vista de la denuncia de la Policía Foral con fecha 17 de octubre de 2001, por presunta infracción a la Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre y sus hábitats.

En virtud del artículo 98 de la Ley Foral de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre,

ORDENO:

1.º Incoar expediente sancionador a don José Antonio Jiménez Amador, por presunta infracción a la Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de protección y gestión de la fauna silvestre y sus hábitats.

2.º Designar como Instructor del expediente a don Félix Armendáriz Martínez, Jefe de la Sección de Régimen Jurídico de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.

3.º Trasladar la presente Orden Foral al denunciado, al denunciante y al Servicio de Conservación de la Biodiversidad, a los efectos oportunos.

Pamplona, a uno de febrero de dos mil dos.-El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, Jesús Javier Marcotegui Ros.

PLIEGO DE CARGOS

Expediente 403/01

1.-Denunciado: José Antonio Jiménez Amador.

Domicilio: Calle Chapineríos 3, Tudela (Navarra).

2.-Fecha y lugar de la infracción: Día 17 de octubre de 2001, a las 20:30 horas. Pista paralela a la A-15, Falces.

3.-Hecho/s denunciado/s: Encontrarse cazando con perros galgos por el coto de Falces, proximidades de la A-15, con el vehículo NA-5898-AW, en época de veda. Cuando se le da el alto para que se detenga hace caso omiso, dándose a la fuga.

4.-Precepto/s infringido/s: Las presuntas infracciones se encuentran tipificadas en la Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre y sus Hábitats, como:

-Infracción grave, en el artículo 117.3, por cazar empleando vehículos motorizados.

-Infracción grave, en el artículo 117.15, por cazar en época de veda.

5.-Propuesta de sanción: Se propone la imposición de una sanción de 100.002 pesetas (601,02 euros) (50.001 pesetas por cada una de las dos infracciones graves), de conformidad con el artículo 122 b) de la Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre y sus Hábitats.

Se propone, asimismo, la pérdida de la licencia de caza, o en su caso, inhabilitación para obtenerla, por un período de dos años.

6.-Organo competente: El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, en virtud del artículo 98.1 de la Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre y sus Hábitats.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley Foral 2/1993, de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre y sus Hábitats, se le concede un plazo de quince días hábiles para formular las alegaciones que estime pertinentes en defensa de sus derechos.

Pamplona, a uno de febrero de dos mil dos.-El Instructor, Félix Armendáriz Martínez.

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