BOLETÍN Nº 43 - 8 de abril de 2002

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social número Dos de Navarra

Cédula de notificación

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria del Juzgado Social número Dos de los de Navarra.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda 716/2001 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de don Michael Yaw, don Kingsley Nkansah, don Samuel Cadman Essilfie contra la empresa Construcciones Artesón, S.L., sobre cantidad, se ha dictado lo siguiente:

"Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por don Michael Yaw, don Kingsley Nkansah y don Samuel Cadman Essilfie frente a la empresa Construcciones Artesón, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada, a abonar a los actores las siguientes cantidades:

A don Samuel Cadman Essilfie: 575.810 pesetas, equivalentes a 3.460,69 euros.

A don Michael Yaw: 764.395 pesetas, equivalentes a 4.594,11 euros.

A don Kingsley Nkansah: 618.405 pesetas, equivalentes a 2.716,69 euros.

De estas cantidades devengará el 10 por ciento de interés por mora, las correspondientes, estrictamente, a conceptos salariales, condenando al Fogasa a estar y pasar por este pronunciamiento.

Diligencia. Notifíquese a las partes la sentencia dictada, con la advertencia de que contra la misma, cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante al notificarle aquélla. También podrán hacerlo estas personas por comparecencia o por escrito en el indicado plazo. En el momento del anuncio deberá asimismo la parte recurrente, designar Letrado que le dirija el recurso.

Se advierte a la empresa que si recurre, deberá acompañar al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones, abierta por este Juzgado de lo Social en el Banco de Bilbao-Vizcaya sucursal de la calle Monasterio de Urdax, número 45, cuenta número 3159, procedimiento número 3159-0000-65-0716-01.

Deberá igualmente acompañar justificante de haber ingresado en operación aparte, aunque en el mismo Banco y cuenta, esta vez con procedimiento 3159-0000-67-0716-01, la cantidad objeto de la condena.

Esta última cantidad podrá ser sustituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista. Enterados, firman, doy fe".

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los Estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Construcciones Artesón, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En Pamplona, a cuatro de marzo de dos mil dos. La Secretaria Judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.869

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