BOLETÍN Nº 43 - 8 de abril de 2002

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Tribunal Superior de Justicia de Navarra - SALA DE LO SOCIAL

E D I C T O

Don José María Varas de Vega, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Hago saber: Que ante esta Sala se tramita, el recurso de suplicación número 106/02, interpuesto por Asepeyo, en el procedimiento número 811/95, ejecución número 111/01, del Juzgado de lo Social número Tres, seguido a instancia de Asepeyo contra Grúas Marcelino Martín, S.L., Fondo de Garantía Salarial, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social en reclamación de ejecución de sentencia, en el cual se dictó sentencia el día 27 de marzo de 2002, cuya parte dispositiva dice así:

"Que estimando el recurso de suplicación formulado por la representación letrada de la Mutua Asepeyo, frente al auto del Juzgado de lo Social número Tres de los de Navarra, de fecha 28 de enero de 2002, dictado en el procedimiento de ejecución número 111/2001, debemos revocar y revocamos el mismo declarando no prescrita la ejecución solicitada.

Notifíquese a las partes y al Ministerio Fiscal la sentencia dictada, con la advertencia que contra la misma, puede interponerse recurso de casación para la unificación de doctrina ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, anunciándolo a través de esta Sala por escrito, dentro de los diez días hábiles siguientes a su notificación".

Por el presente edicto se notifica al representante legal de la demandada Grúas Marcelino Martín, S.L., que estuvo domiciliada en Barrio Estación, s/n, de Biurrun y hoy en ignorado paradero, la resolución dictada, con la advertencia de que en la Secretaría de esta Sala se encuentra a disposición copia de la misma.

Dado en Pamplona, a veintisiete de marzo de dos mil dos. El Secretario, José María Varas de Vega.1110

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