BOLETÍN Nº 41 - 3 de abril de 2002

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Instrucción número Cuatro de Pamplona

E D I C T O

Doña Purificación Castera Larrea, Secretaria del Juzgado de Instrucción número Cuatro de Pamplona.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 507/2001, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

"Sentencia número 132/2001. En Pamplona, a treinta y uno de julio de dos mil uno.

Vistos por mí, don Fernando Poncela García, Magistrado, Juez del Juzgado de Instrucción número Cuatro de Pamplona (Navarra), los presentes autos de juicio de faltas número 507/2001, en los que ha sido parte el Ministerio Fiscal, como denunciantes José Luis Luquin García, Roberto Sobrevilla Torrecilla y Alejandro Sobrevilla Torrecilla, asistidos por el Letrado señor Delgado y como denunciados Jorge Catalán Márquez y Jesús Dias Da Silva, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey, dicto la siguiente sentencia:

Fallo: Que debo condenar y condeno a Jorge Catalán Márquez y a Jesús Dias Da Silva, como criminalmente responsables en concepto de autores de dos faltas tipificadas en el artículo 617.1 del Código Penal, imponiendo a cada uno de los denunciados, por cada una de ellas la pena de dos meses de multa, con una cuota diaria de 1.000 pesetas o la responsabilidad personal subsidiaria de hasta un mes de privación de libertad en caso de impago y el abono de las costas.

En concepto de responsabilidad, se condena a Jorge Catalán Márquez y a Jesús Dias Da Silva a que indemnicen de manera conjunta y solidaria a José Luis Luquin García en la suma de 166.000 pesetas, por las lesiones y secuelas causadas y a Alejandro Sobrevilla Torrecilla en la suma de 28.000 pesetas, por las lesiones que le fueron causadas.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Navarra, en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo acuerdo, mando y firmo".

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Jesús Dias Da Silva, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, expido la presente en Pamplona, a veintisiete de febrero de dos mil dos. La Secretaria, Purificación Castera Larrea.847

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