BOLETÍN Nº 41 - 3 de abril de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

RESOLUCION 201/2002, de 22 de febrero, del Director General de Trabajo, por la que se acuerda el Registro, Depósito y Publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la Revisión Salarial, correspondiente al año 2002 del Convenio Colectivo de Trabajo para el sector "Transporte de Mercancías", de Navarra (Expediente número 24/2002).

Teniendo en consideración lo establecido en el artículo 90 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, la Resolución y Texto del Convenio Colectivo que se remite, dado el contenido social y salarial que conlleva el mismo, deberán ser publicados a la mayor brevedad posible.

Visto el texto del acuerdo de Revisión Salarial, correspondiente al año 2002, del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector "Transporte de Mercancías", (Código número 3107405), de Navarra, que ha tenido entrada en este Departamento con fecha 12 de febrero de 2002, suscrito y aprobado por la Comisión Negociadora, en cumplimiento de lo pactado en el citado Convenio (Expediente número 69/2001).

Considerando: De conformidad con lo establecido en el Real-Decreto 937/1986, de 11 de abril, y en el Decreto Foral 334/1996, de 23 de septiembre, en relación con lo dispuesto en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real-Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo,

En su virtud, en uso de las facultades que me han sido delegadas por Orden Foral de 572/1999, de 14 de octubre (BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 133, de 25 de octubre de 1999), de la Consejera de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo,

RESUELVO:

Primero.-Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente registro de este Departamento, donde queda en depósito su texto y documentación, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación.

La presente Resolución se notificará a los interesados, a los efectos oportunos.

Pamplona, a veintidós de febrero de dos mil dos.-El Director General de Trabajo, José María Roig Aldasoro.

REVISION SALARIAL, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2002 DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL SECTOR "TRANSPORTE DE MERCANCIAS", DE NAVARRA

A C T A

Reunidos en Pamplona, a 31 de enero de 2002, siendo las doce horas del día de la fecha, se reúnen los representantes de las Centrales Sindicales UGT y CC.OO., con los representantes de los empresarios de ANET, cuyos nombres se relacionan a continuación:

Por UGT, firma ilegible. Por CC.OO., firma ilegible. Por ANET, firma ilegible.

Acuerdan:

Reconocerse mutuamente la capacidad suficiente para la celebración de este acto, y en su virtud:

1.º Redactan la tabla salarial, que tendrá vigencia durante el año 2002, confeccionada de acuerdo con los criterios establecidos en el Convenio Colectivo en vigor, que queda unida al presente documento.

2.º Solicitar del Departamento correspondiente del Gobierno de Navarra el archivo de las mismas, si procediera, y su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para general conocimiento.

No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las catorce horas del día de la fecha.

TABLA TRANSPORTE MERCANCIAS - AÑO 2002

GRUPO 1.º

PERSONAL SUPERIOR Y TECNICO

SUBGRUPO A

Jefe de Servicio 1.295,09 146,58 1.441,67

GRUPO 2.º

PERSONAL ADMINISTRATIVO

Jefe de Sección 996,28 124,04 1.120,32

Jefe de Negociado 953,58 120,81 1.074,39

Oficial 1.ª 899,74 116,72 1.016,46

Oficial 2.ª 869,84 114,47 984,31

Aux. Administrativo 842,12 112,42 954,54

Aspirante 16-17 años 721,76 103,29 825,05

Visitador 842,12 112,42 954,54

GRUPO 3.º

PERSONAL DE MOVIMIENTO

SUBGRUPO A - SECCION 2.ª

PERSONAL DE AGENCIAS TRANSPORTES

Encargado General 953,62 120,81 1.074,43

Encargado Almacén 899,76 116,74 1.016,50

Capataz 857,78 113,56 971,34

Mozo Especializado 851,52 113,10 964,62

Mozo Carga y Descarga 839,32 112,19 951,51

SUBGRUPO B

TRANSPORTES MERCANCIAS

Jefe Tráfico 1.ª 953,62 120,81 1.074,43

Jefe Tráfico 2.ª 899,76 116,74 1.016,50

Jefe Tráfico 3.ª 877,41 115,06 992,47

Conductor Mecánico 890,47 116,02 1.006,49

Conductor 878,31 115,12 993,43

Conductor Furgoneta 862,91 113,96 976,87

Ayudante 854,77 113,36 968,13

SUBGRUPO H

TRANSPORTES MUEBLES MUDANZAS

Y GUARDAMUEBLES

Jefe Tráfico 916,80 118,05 1.034,85

Inspector Visitador 892,99 116,22 1.009,21

Encargado Almacén o Guardamuebles 885,40 115,69 1.001,09

Capataz 875,02 114,92 989,94

Capitonista 859,62 113,70 973,32

Mozo especializado 846,64 112,77 959,41

Mozo 839,32 112,19 951,51

Carpintero 873,48 114,75 988,23

Conductor mecánico 890,47 116,02 1.006,49

Conductor 878,31 115,12 993,43

Conductor Furgoneta 862,91 113,96 976,87

GRUPO 4.º

PERSONAL TALLER

Jefe Taller 1.013,26 125,31 1.138,57

Encargado 907,71 117,32 1.025,03

Oficial 1.ª 881,02 115,30 996,32

Oficial 2.ª 873,48 114,75 988,23

Oficial 3.ª 859,62 113,70 973,32

Mozo Taller 851,52 113,10 964,62

Aprendiz 16-17 años 680,99 100,23 781,22

GRUPO 5.º

PERSONAL SUBALTERNO

Cobrador de facturas 842,12 112,42 954,54

Telefonista 838,48 112,11 950,59

Vigilante de Día 839,32 112,19 951,51

Vigilante de Noche 844,22 112,57 956,79

Limpiadora (mínimo 4 horas) 452,99 58,62 511,61

Ordenanza 839,32 112,19 951,51

TABLA TRANSPORTE MERCANCIAS - AÑO 2002

Artículo 22. Dietas.

Desayuno: 1,69 euros.

Comida: 9,26 euros.

Cena: 8,46 euros.

Pernocte: 8,40 euros.

Total: 27,81 euros.

Artículo 25. Trabajo en domingos y festivos.

Jornada ocho horas: 46,33 euros.

Jornada superior: 62,31 euros.

Artículo 26. Plus transporte mercancías peligrosas.

Mensual: 40,74 euros.

Por día: 2,47 euros.

Artículo 31. Plus Conductor.

Servicio discrecional: 81,14 euros.

Conductor: 15,55 euros.

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