BOLETÍN Nº 39 - 29 de marzo de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

RESOLUCION 187/2002, de 22 de febrero, del Director General de Trabajo, por la que se acuerda el Registro, Depósito y Publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la Revisión Salarial, correspondiente al año 2001 (y 2002) del Convenio Colectivo de Trabajo para el sector "Talleres de Reparación de Vehículos", de Navarra (Expediente número 22/2002).

Visto el texto del acuerdo de Revisión Salarial, correspondiente al año 2001 (y 2002), del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector "Talleres de Reparación de Vehículos" (Código número 3107255), de Navarra, que ha tenido entrada en este Departamento con fecha 11 de febrero de 2002, suscrito y aprobado por la Comisión Negociadora, en cumplimiento de lo pactado en el citado Convenio (Expediente número 56/2000).

Considerando: De conformidad con lo establecido en el Real-Decreto 937/1986, de 11 de abril, y en el Decreto Foral 334/1996, de 23 de septiembre, en relación con lo dispuesto en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real-Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo,

En su virtud, en uso de las facultades que me han sido delegadas por Orden Foral de 572/1999, de 14 de octubre (BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 133, de 25 de octubre de 1999), de la Consejera de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo,

RESUELVO:

Primero.-Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente registro de este Departamento, donde queda en depósito su texto y documentación, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación.

La presente Resolución se notificará a los interesados, a los efectos oportunos.

Pamplona, a veintidós de febrero de dos mil dos.-El Director General de Trabajo, José María Roig Aldasoro.

REVISION SALARIAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2001 (Y 2002) DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL SECTOR "TALLERES DE REPARACION DE VEHICULOS", DE NAVARRA

A C T A

En Pamplona, a 8 de febrero de 2002.

Reunida la Comisión del Convenio Colectivo de Reparación de Vehículos, con los siguientes asistes: En representación de ELA-STV lo hace don Ramón Goldaracena, en representación de CC.OO. lo hace don Juan Antonio Castillo, en representación de U.G.T. lo hace don Ignacio Rey Recalde, en representación de A.N.T.R.V. lo hacen don Angel Moreno Ortueta Y don Javier Taberna Jiménez.

El orden del día de la reunión es el de proceder a revisar la subida salarial para 2001, en cumplimiento del párrafo segundo del artículo 30-1.º del Convenio Colectivo y una vez constatado que el IPC real para el año 2001 es del 4,7 por ciento, adoptándose por unanimidad los siguientes acuerdos:

Primero.-Proceder a la revisión de tablas salariales para 2001 las cuales, se adjuntan a la presente acta como anexo número I.

Segundo.-Proceder a la revisión de los trienios de antigüedad para 2001 que se quedan en los siguientes valores mínimos:

Primer trienio: 16.436 pesetas.

Segundo trienio: 32.863 pesetas.

Tercer trienio: 57.549 pesetas.

Cuarto trienio: 73.908 pesetas.

Quinto trienio: 82.173 pesetas.

Sexto trienio: 106.806 pesetas.

Séptimo trienio: 114.974 pesetas.

Octavo trienio: 123.188 pesetas.

Incrementándose en 8.406 pesetas más los sucesivos trienios.

Tercero.-Proceder a la revisión de las cuantías establecidas en el Convenio Colectivo, referente a viajes, dietas y kilometraje los cuales para 2001, quedarán como siguen:

-Por dieta completa: 4.407 pesetas.

-Por dieta completa en desplazamientos inferiores a 3 días: 5.141 pesetas.

-Por media dieta: 2.479 pesetas.

-Por kilometraje: 40 pesetas.

Cuarto.-Adjuntar tablas del año 2002, una vez incluido el incremento salarial para dicho año,

ANEXO II

Tablas trienios año 2002 con el incremento del IPC pactado más 2%

Primer trienio: 17.208 pesetas (103,42 euros).

Segundo trienio: 34.405 pesetas (206,80 euros).

Tercer trienio: 60.254 pesetas (362,13 euros).

Cuarto trienio: 77.382 pesetas (465,05 euros).

Quinto trienio: 86.035 pesetas (517,08 euros).

Sexto trienio: 111.826 pesetas (672,09 euros).

Séptimo trienio: 120.378 pesetas (723,49 euros).

Octavo trienio: 128.978 pesetas (775,17 euros).

Incrementándose en 8.801 pesetas (52,90 euros) los sucesivos trienio.

Dieta completa: 4.614 pesetas (27,73 euros).

Dieta completa en desplazamientos inferiores a 30 días: 5.383 pesetas (32,35 euros).

Por media dieta: 2.596 pesetas (15,60 euros).

Por kilometraje: 42 pesetas (0,25 euros).

ANEXO 1

Tablas de retribuciones para 2001 en talleres de reparación, incluido el 0,7% de desviación del I.P.C.

Oficial 1.ª 110.165 27.896 10.154 27.039 175.254 2.453.556

Oficial 2.ª 109.992 26.351 10.147 18.903 165.393 2.315.502

Oficial 3.ª 107.325 24.294 9.959 19.442 161.020 2.254.280

Especialista 107.325 24.294 9.958 18.215 159.792 2.237.088

Auxiliar - - - - 136.086 1.905.204

Jefe Administrativo 110.165 27.896 10.154 27.039 175.254 2.453.556

Oficial 1.ª Admvo. 109.922 26.351 10.147 18.903 165.393 2.315.502

Oficial 2.ª Admvo. 107.325 24.294 9.959 19.442 161.020 2.254.280

Oficial 3.ª Admvo. 107.325 24.294 9.958 18.215 159.792 2.237.088

Auxiliar Vendedor - - - - 136.086 1.905.204

Contrato form. 2.º año 100.176 - - - 100.176 1.402.464

Contrato form. 1.er año 86.120 - - - 86.120 1.205.680

Tablas trienios año 2001, incluyendo el incremento del 0,7% desviación I.P.C.

Primer trienio: 16.436 pesetas.

Segundo trienio: 32.863 pesetas.

Tercer trienio: 57.549 pesetas.

Cuarto trienio: 73.908 pesetas.

Quinto trienio: 82.173 pesetas.

Sexto trienio: 106.806 pesetas.

Séptimo trienio: 114.974 pesetas.

Octavo trienio: 123.188 pesetas.

Incrementándose en 8.406 pesetas más los sucesivos trienios.

-Por dieta completa: 4.407 pesetas.

-Por dieta completa en desplazamientos inferiores a 3 días: 5.141 pesetas.

-Por media dieta: 2.479 pesetas.

-Por kilometraje: 40 pesetas.

ANEXO 2

Tablas de retribuciones para 2001 en talleres de reparación

C A T E G O R I A S SALARIO BASE PLUS CONVENIO INCENTIVOSPLUS S.M.G. TOTAL MES TOTAL AÑO

OFICIAL 1.ª 115.343 pesetas 29.207 pesetas 10.631 pesetas 28.310 pesetas 183.491 pesetas 2.568.874 pesetas

693.23 euros 175.54 euros 63.89 euros 170.15 euros 1102.81 euros 15.439,34 euros

OFICIAL 2.ª 115.162 pesetas 27.589 pesetas 10.624 pesetas 19.791 pesetas 173.166 pesetas 2.424.324 pesetas

692,14 euros 165,81 euros 63,85 euros 118.95 euros 1.040,75 euros 14.570,50 euros

OFICIAL 3.ª 112.369 pesetas 25.436 pesetas 10.427 pesetas 20.356 pesetas 168.588 pesetas 2.360.232 pesetas

675,35 euros 152,87 euros 62,67 euros 122,34 euros 1.013,23 euros 14.185,28 euros

ESPECIALISTA 112.369 pesetas 25.436 pesetas 10.426 pesetas 19.071 pesetas 167.302 pesetas 2.342.228 pesetas

675,35 euros 152,87 euros 62,66 euros 114,62 euros 1.005,51 euros 14.077,43 euros

AUXILIAR - - - - 142.482 pesetas 1.994.748 pesetas

- - - - 856,33 euros 11.988,68 euros

JEFE ADMINISTRATIVO 115.343 pesetas 29.207 pesetas 10.631 pesetas 28.310 pesetas 183.491 pesetas 2.568.874 pesetas

693,23 euros 175,54 euros 63,89 euros 170,15 euros 1.102,81 euros 15.439,34 euros

OFICIAL 1.ª ADMINISTRATIVO 115.162 pesetas 27.589 pesetas 10.624 pesetas 19.791 pesetas 173.166 pesetas 2.424.324 pesetas

692,14 euros 165,81 euros 63,85 euros 118,95 euros 1.040,75 euros 14.570,50 euros

OFICIAL 2.ª ADMINISTRATIVO 112.369 pesetas 25.436 pesetas 10.427 pesetas 20.356 pesetas 168.588 pesetas 2.360.232 pesetas

675,35 euros 152,87 euros 62,67 euros 122,34 euros 1.013,23 euros 14.185,28 euros

OFICIAL 3.ª ADMINISTRATIVO 112.369 pesetas 25.436 pesetas 10.426 pesetas 19.071 pesetas 167.302 pesetas 2.342.228 pesetas

675,35 euros 152,87 euros 62,66 euros 114,62 euros 1.005,51 euros 14.077,43 euros

AUXILIAR VENDEDOR - - - - 142.482 pesetas 1.994.748 pesetas

856,33 euros 11.988,68 euros

CONTRATO FORMATIVO DE 2.º AÑO 104.884 pesetas - - - 104.884 pesetas 1.468.376 pesetas

630,37 euros - - - 630,37 euros 8.825,12 euros

CONTRATO FORMATIVO DE 1.er AÑO 90.168 pesetas - - - 90.168 pesetas 1.262.352 pesetas

541,92 euros - - - 541,92 euros 7.586,89 euros

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