III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
ERROIBAR/VALLE DE ERRO
Tipos de gravamen para el año 2002
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 13 de febrero de 2002, de conformidad a lo establecido en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
1.-Fijar el 0,30 por ciento el tipo de gravamen para la exacción de la contribución territorial urbana.
2.-Fijar el 0,30 por ciento el tipo de gravamen para la exacción de la contribución territorial rústica.
3.-Fijar el 2,5 por ciento sobre el presupuesto de ejecución material el tipo de gravamen del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
4.-Aplicar el índice 1,10 a las tarifas de impuesto de actividades económicas.
5.-Respecto al impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, aplicar los porcentajes 2,1, fijando el tipo de gravamen en el 8,6 por ciento.
6.-Incrementar la tasa de venta ambulante en un 2,7 por ciento.
Lo que se hace público para el general conocimiento y efectos.
Erroibar/Valle de Erro, a dieciocho de febrero de dos mil dos. El Alcalde, Francisco Almirantearena Juango.
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