BOLETÍN Nº 26 - 1 de marzo de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

P A M P L O N A

Texto normativo de P.G.O.U. de Pamplona en la U.I. XI-Berichitos (equipamiento deportivo), aprobado definitivamente por Orden Foral 1534, de 14 de diciembre de 2001

Todas aquellas determinaciones normativas que no se modifican expresamente en el presente documento, siguen siendo vigentes.

I.-Determinaciones generales.

I.1 Usos globales:

Tipo de uso y superficie:

-Residencial y equipo ciudadano. Usos especiales de gran entidad (servicios, instituciones, terciario): 181.727 metros cuadrados.

-Usos industriales mínimamente contaminantes: 5.500 metros cuadrados.

-Usos industriales. Usos deportivos y parques. Viario (sistema general): 80.103 metros cuadrados.

-Suelos rústicos-naturales: 491.851 metros cuadrados.

Total: 759.181 metros cuadrados.

I.2. Clasificación general del suelo:

Clase de suelo y superficie:

-Suelo urbano: 118.515 metros cuadrados.

-Suelo urbanizable: 148.815 metros cuadrados.

-Suelo no urbanizable: 491.851 metros cuadrados.

Total: 759.181 metros cuadrados.

II.-Determinaciones pormenorizadas de desagregación espacial, calificación y clasificación.

II.1. Suelo urbano:

Unidades de actuación: U.C.-1. Superficie: 113.015 metros cuadrados. Usos pormenorizados: Servicios. Usos especiales. Cementerio.

II.2. Suelo urbanizable:

Sector: G.-1. Superficie: 68.712 metros cuadrados. Usos pormenorizados: Ampliación cementerio y usos industriales y comerciales vinculados.

Sector: G.-3. Superficie: 24.719 metros cuadrados. Usos pormenorizados: Parque y viales.

Sector: G.-4. Superficie: 21.184 metros cuadrados. Usos pormenorizados: Deportivo público.

Los tres sectores son sistemas generales no adscritos.

II.3. Suelo no urbanizable:

Area: A.-2. Superficie: 388.392 metros cuadrados. Usos pormenorizados: Rústico de protección especial. Huertas.

III.-Determinaciones particulares detalladas por Unidad de Actuación, Sector o Area.

III.1. Suelos urbanos consolidados.

III.2. Suelos urbanizables:

Régimen general:

El régimen general del suelo urbanizable está determinado por los artículos de la Normativa Urbanística General, correspondientes al suelo urbanizable programado. Los sectores afectados por este régimen de suelo son G.-1, G.-2, G.-3 y G.-4.

A) Normas de diseño y calidad:

G.-1:

-Los cierres del cementerio serán transparentes, garantizando la continuidad visual.

-Debe preverse la continuidad formal y funcional con el cementerio existente.

-Existirá una reserva para subestación de transformación eléctrica.

-Las edificaciones auxiliares serán de planta baja, con 5 metros de altura máxima.

-Los nichos y panteones tendrán una altura máxima de 4 metros.

G.-3:

-El tratamiento del parque será homogéneo con el del Parque Fluvial del Arga.

-Se realizará una pasarela peatonal entre San Jorge y Berichitos.

G.-4:

-La superficie ajardinada de la parcela será como mínimo 1/3 del total.

-La altura máxima de la edificación será de B + 2, y como máximo 12 metros.

-Las alineaciones son libres dentro de la parcela.

-Los cierres de la parcela serán transparentes, garantizando la continuidad visual, con un zócalo de 50 centímetros como máximo.

B) Normas de actuación.

G.-1:

-Se redactará un Plan Especial de toda la unidad que contemple todas las edificaciones y urbanización.

-El sistema de actuación es el de expropiación.

G.-3:

-La urbanización del sector será por actuación directa, mediante los proyectos de obras que sean precisos.

-El sistema de actuación es el de expropiación.

G.-4:

-Se redactará un Estudio de Detalle de toda la unidad, en el que se precisarán las instalaciones, edificaciones y urbanización.

-El sistema de actuación es el de expropiación.

Pamplona, nueve de enero de dos mil dos. La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.

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