BOLETÍN Nº 26 - 1 de marzo de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

V I L L A V A

Aprobación inicial de modificación de Ordenanzas fiscales y fijación de tipo impositivo de contribución urbana y rústica

El Ayuntamiento Pleno de Villava, en sesión celebrada el día 27 de diciembre de 2001, acordó:

1.º Aprobar inicialmente los siguientes tipos de gravamen para la exacción de la contribución territorial que regirán a partir del 1 de enero del 2002:

0,3527 por ciento para las unidades urbanas y 0,3230 por ciento para las unidades rústicas.

En caso de aprobarse este año una nueva Ponencia de Valoración, se modifica el tipo establecido a fin de que la cuota tributaria sea la equivalente.

2.º Mantener para el año 2002 la actual escala de índices a aplicar sobre las cuotas mínimas establecidas en el impuesto de actividades económicas:

Indice para todos los polígonos: 1,4.

3.º Aprobar las modificaciones a la Ordenanza Fiscal General, así como a las Ordenanzas y anexos de tarifas que regulan la exacción de los impuestos y tasas municipales, que se relacionan, quedando con los textos refundidos que figuran en el expediente:

Ordenanzas:

0.-Ordenanza Fiscal General.

1.-Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

2.-Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos.

3.-Impuesto sobre viviendas desocupadas.

4.-Contribuciones especiales.

5.-Ordenanza reguladora de las tasas por expediciones y tramitaciones de documentos.

6.-Ordenanza reguladora de auto-taxis y demás vehículos de alquiler.

7.-Ordenanza reguladora de tasas por otorgamiento de licencias urbanísticas y otras actuaciones urbanísticas.

8.-Ordenanza reguladora de las tasas por licencias para el ejercicio de actividades clasificadas e inocuas y apertura de establecimientos.

9.-Ordenanza reguladora del otorgamiento de licencias de control de actividades clasificadas e inocuas y apertura de establecimientos.

10.-Ordenanza reguladora de las tasas por inspecciones previstas en Ordenanzas y en acuerdos municipales.

11.-Ordenanza reguladora de las tasas por el servicio de retirada de vehículos.

12.-Ordenanza reguladora de las tasas por ejecuciones sustitutorias y órdenes de ejecución.

13.-Ordenanza reguladora de las tasas por prestación de servicios del cementerio.

14.-Ordenanza reguladora de las tasas por celebración de matrimonios civiles.

15.-Ordenanza reguladora de las tasas por apertura de zanjas calicatas y calas en terrenos de uso público y cualquier remoción del pavimento o aceras en la vía pública.

16.-Ordenanza reguladora de las tasas por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía para aparcamiento exclusivo, carga o descarga de mercancías de cualquier clase.

17.-Ordenanza reguladora de las tasas por aprovechamientos especiales del suelo, vuelo y subsuelo del dominio público local.

18.-Ordenanza reguladora de las tasas por aprovechamientos especiales de suelo, vuelo y subsuelo del dominio público local por las empresas explotadoras de servicios públicos de suministros.

4.º Aprobar las modificaciones a las normas y anexos de tarifas que regulan los precios por prestación de servicios o realización de actividades municipales, que se relacionan a continuación, quedando con los textos refundidos que figuran en el expediente:

Normas reguladoras de precios públicos:

1.-Norma reguladora de los precios públicos por la prestación del servicio de atención a domicilio.

2.-Norma reguladora de los precios públicos por utilización de instalaciones servicios y actividades deportivas.

3.-Norma reguladora de los precios públicos por asistencia y estancia en Escuela Infantil "Amalur".

4.-Entrada, inscripción o matrícula en cursos y actividades organizadas por el Ayuntamiento.

Los tipos, índices, Ordenanzas y normas aprobados inicialmente, cumplidos los trámites reglamentarios, entrarán en vigor el 1 de enero del año 2002.

De conformidad con lo establecido en el artículo 325.1.b) de la Ley Foral de la Administración Local de Navarra, la modificación de las Ordenanzas Fiscales queda sometida a información pública por plazo de treinta días, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, con el fin de que los vecinos e interesados legítimos puedan, dentro del mencionado plazo, examinar el expediente y formular las reclamaciones, reparos u observaciones que estimen oportunas.

Villava, veintitrés de enero de dos mil dos. El Alcalde, Miguel Alfonso Ucar Zaratiegui.

Código del anuncio: A0200888