BOLETÍN Nº 19 - 13 de febrero de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

B A K A I K U

Aprobación definitiva de Ordenanza

El Ayuntamiento de Bakaiku, en sesión celebrada el día 5 de octubre de 2001, acordó por unanimidad, aprobar inicialmente la Ordenanza reguladora de la Organización y Funcionamiento del Registro de Parejas Estables no Casadas del Ayuntamiento de Bakaiku.

Dicho acuerdo fue sometido a exposición pública durante el plazo de treinta días, mediante publicación de edicto en el Tablón de Anuncios municipal y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 134 de 5 de noviembre, no habiéndose producido reclamación, reparo u objeción alguna.

Por lo que en ejecución del acuerdo citado se entiende aprobada definitivamente la citada Ordenanza y se debe proceder a la publicación íntegra de su texto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Bakaiku, a diecisiete de diciembre de dos mil uno. El Alcalde, José Manuel Etxeberria Solís.

ORDENANZA REGULADORA DE LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO MUNICIPAL DE PAREJAS ESTABLES NO CASADAS DEL AYUNTAMIENTO DE BAKAIKU

Artículo 1.º El Registro Municipal de Parejas Estables no casadas del Ayuntamiento de Bakaiku tiene carácter administrativo y en él podrán inscribirse las uniones no matrimoniales de convivencia tanto heterosexual como homosexual, así como su terminación en la forma y con los requisitos que se establecen en la presente Ordenanza.

Art. 2.º Podrán instar su inscripción en el Registro todas aquellas parejas, independiente de su sexo, que por su libre o pleno consentimiento hayan construido una unión de convivencia no matrimonial

Al menos uno de los miembros de la unión deberá estar empadronado en Bakaiku por su condición de residente habitual del mismo.

Asimismo ambos miembros deberán presentar declaración jurada de no estar casados ni inscritos en otro Registro de Parejas Estables no casadas.

Art. 3.º La primera inscripción de cada pareja se producirá mediante la comparecencia personal y conjunta de las dos personas ante el Secretario del Ayuntamiento, para declarar la existencia entre ellas de una unión de convivencia no matrimonial.

No se procederá a practicar inscripción alguna si alguno de los comparecientes es menor de edad no emancipado o si son entre sí parientes de consanguinidad o adopción en línea recta o por consanguinidad en segundo en segundo grado colateral.

Tampoco podrá llevarse a efecto la inscripción si alguno de los comparecientes estuviese afectado por deficiencias o anomalías psíquicas. En este caso deberá aportar dictamen médico de su aptitud para consentir en la constitución de una unión de convivencia no matrimonial.

Asimismo se denegará la inscripción si alguno de los comparecientes estuviese ligado por vínculo matrimonial o declarado incapaz para contraer matrimonio.

Art. 4.º En ese primer asiento, podrán hacerse constar cuantas circunstancias relativas a su unión manifiestan los comparecientes. También podrán anotarse, mediante transcripción literal, los convenios reguladores de las relaciones personales y patrimoniales entre los miembros de la unión.

Los contenidos indicados en le párrafo anterior podrán ser objeto de inscripción en ulteriores comparecencias conjuntas de la pareja.

No obstante, las anotaciones que se refieren a la terminación o extinción de la Unión, podrán practicarse a instancia de uno sólo de los miembros de la misma.

Art. 5.º El Registro se hallará en la Secretaría del Ayuntamiento.

Art. 6.º El Registro se materializará en un Libro General en el que se practicarán las inscripciones a que se refieren los artículos precedentes. El libro estará formado por hojas móviles, foliadas y selladas y se encabezará y terminará con las correspondientes diligencias de apertura y cierre.

Art. 7.º La Primera inscripción de cada pareja tendrá carácter de inscripción básica y al margen de la misma se anotara todo otro asiento que se produzca con posterioridad en el Libro General Principal relativo a la unión.

Art. 8.º El Registro tendrá también un Libro Auxiliar Ordenado por apellidos de los inscritos en el que se expresará el número de las páginas del Libro General en las que existan anotaciones que les afecten.

Art. 9.º Con el fin de garantizar la intimidad personal y familiar de los inscritos en el Registro no se dará publicidad alguna al contenido de los asientos, salvo certificaciones que expida el Secretario a instancia exclusivamente de cualquiera de los miembros de la unión interesada o de los Jueces y Tribunales de Justicia.

Art. 10. Tanto las inscripciones que se practiquen serán totalmente gratuitas.

Art. 11. En el Ayuntamiento de Bakaiku, todas las uniones no matrimoniales de convivencia inscritas en el Registro recibirán el mismo tratamiento que las uniones matrimoniales.

DIPOSICION ADICIONAL UNICA

Esta Ordenanza será revisada si se produjera cualquier cambio legislativo que afecte a la materia sobre la que versa.

ANEXO I

En el Ayuntamiento de Bakaiku el día ........... comparecen conjuntamente:

Don/doña .................., natural de ....................., con domicilio y empadronamiento en ....................., mayor de edad (menor emancipado, según documentación que aporta) y con D.N.I. número .........., y

Don/doña ...................., natural de ................, con domicilio y empadronamiento en .................., mayor de edad (menor emancipado, según documentación que aporta) y con D.N.I. número ...........,

Y manifiestan:

Que desean ser inscritos/as como "pareja estable no casada" en el Registro correspondiente de ese Ayuntamiento y, conforme a las Normas de Organización y Funcionamiento del Registro Municipal de Uniones Civiles no matrimoniales y a tal efecto,

Declaran:

Primero: Que como consecuencia de la convivencia prevista en dicha Ordenanza, fijan su domicilio común en ............... (se recuerda a don/doña ............ la obligación de empadronarse en el municipio del domicilio más habitual de conformidad al artículo 15 L.B.R.L.).

Segundo: Que ninguno de ellos/ellas está unido/a por vínculo matrimonial ni entre los/las mismos/as ni con otras personas.

Tercero: Que entre los/las comparecientes no existe parentesco por consanguinidad o adopción en línea recta ni por consanguinidad hasta el segundo grado inclusive colateral.

Cuarto: Que ninguno de ellos/as está afectado por deficiencias o anomalías psíquicas ni declarado incapaz para contraer matrimonio.

Quinto: Que no/sí (táchese lo que no proceda) desean se anoten en el Registro convenios reguladores de relaciones personales y patrimoniales entre ellos.

Sexto: Que autorizan la comprobación de datos en el Padrón Municipal de Bakaiku a estos efectos.

Y declaran bajo juramento que ninguno de ellos/as está inscrito en el Registro de Bakaiku ni en ningún otro de similar contenido y objeto en localidad alguna.

Por todo lo cual,

Solicitan sean inscritos/as en el Registro Municipal de Uniones Civiles en este Ayuntamiento de Bakaiku.

Fdo.: .................. Fdo.: ...................

ANEXO II

En el Ayuntamiento de Bakaiku, el día ............. comparecen:

Don/doña .................., con D.N.I. número ............., y

Don/doña ............................, con D.N.I. número ..............

Y manifiestan que, de conformidad con lo previsto en las Normas de Organización y Funcionamiento del Registro Municipal de Uniones Civiles, desea/n dar fin o extinguir la relación de pareja estable que fue incorporada al Registro Municipal de referencia, según consta en el mismo.

Por todo lo cual, solicita/n se dé por terminada o extinguida la referida inscripción de unión.

Código del anuncio: A0200177