BOLETÍN Nº 19 - 13 de febrero de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

L E R G A

Aprobación definitiva modificación Ordenanzas

En el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 131, de 29 de octubre de 2001, se publicó el anuncio de aprobación inicial de la modificación de las Ordenanzas Fiscales.

No habiéndose presentado reclamación alguna en el período de exposición pública, dichas modificaciones quedan definitivamente aprobadas.

Se modifican los siguientes artículos de las Ordenanzas.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR EXPEDICION Y TRAMITACION DE DOCUMENTOS

Artículo 6. Las tarifas por las que se regirá la presente Ordenanza son las siguientes.

1.-Instancias y documentos.

a) Copias y fotocopias. Por cada una: 0,15 céntimos de euro.

b) Envío fax. Por cada página: 0,60 céntimos de euro.

c) Compulsa de documentos. Por cada uno: 0,15 céntimos de euro.

2.-Certificaciones.

a) Por certificaciones expedidas a petición de parte: 0,60 céntimos de euro.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE ALCANTARILLADO Y DE DEPURACION DE AGUAS RESIDUALES

Artículo 7.1. La cuota tributaria correspondiente a la concesión de la licencia o autorización de acometida a la red de alcantarillado, se exigirá por una sola vez y consistirá en la cantidad de 16 euros.

2. La cuota tributaria a exigir por la prestación de los servicios de alcantarillado y depuración consistirá en una cantidad fija al año de 16 euros.

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR SUMINISTRO DE AGUA

Artículo 6. Las tarifas por la prestación del servicio se girarán por los siguientes conceptos.

-Enganche: 100 euros.

-Consumo: 0,39 euros/metro cúbico.

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DEL SUELO, VUELO Y SUBSUELO DE LA VIA PUBLICA Y TERRENOS DEL COMUN

ANEXO

Epígrafe I.-Venta ambulante

-Barracas fiestas: 13 euros.

-Bar fiestas: 181 euros.

Lerga, veintiséis de diciembre de dos mil uno. La Alcaldesa, Sagrario Zabalza Zabalegui.

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