BOLETÍN Nº 18 - 11 de febrero de 2002

V. ADMINISTRACION DEL ESTADO

Delegación Especial de Navarra de la Agencia Estatal de Administración Tributaria - DEPENDENCIA DE RECAUDACION REGIONAL

Notificaciones providencias de apremio

Por el presente edicto, y debido a que los deudores comprendidos en la relación que a continuación se inserta, no han podido ser hallados en los domicilios que figuran en los registros de la Administración Tributaria o que se han alegado distintas causas para no recibir las notificaciones por las personas que la legislación autoriza para hacerse cargo de ellas, se les hace saber que:

Se notifica al(los) deudor(es) conforme al artículo 103 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre), que no habiendo sido satisfecha la deuda de referencia en el plazo de ingreso en periodo voluntario en virtud de lo establecido en el artículo 127 de la Ley General Tributaria el Jefe de la Dependencia de Recaudación ha acordado:

"En uso de las facultades que me confieren los artículos 100, 106 y 169 del Reglamento General de Recaudación, liquido el recargo de apremio por el 20 por ciento del importe de la deuda pendiente y dicto providencia de apremio para que se proceda ejecutivamente contra el patrimonio o garantías del(los) deudor(es), en caso de no producirse el ingreso en los plazos señalados en el artículo 108 del citado Reglamento".

FECHA

DATOS DEL CONTRIBUYENTE C O N C E P T O CLAVE LIQUIDACIONIMPORTE PROVIDENCIA

APREMIO

18196000X SANCION TRAFICO 310044866645 Z 5064 K1610101078624885 12.000 18-09-2001

AMADOR AMADOR JUAN JOSE

CL/ PIEZA CONDE, 7; 3-IZ - ESTELLA

18196000X SANCION TRAFICO 310044920240 Z 5064 K1610101079401287 18.000 17-10-2001

AMADOR AMADOR JUAN JOSE

CL/ PIEZA CONDE, 7; 3-IZ - ESTELLA

15792505S SANCION TRAFICO 310044704852 Z 5198B K1610101079393807 19.200 17-10-2001

CATENA MUÑOZ GABRIEL

CL/ BASILIO ARMENDARIZ, 4 - BURLADA

18206563Q SANCION TRAFICO 310403070513 NA5604 K1610101079390265 24.000 17-10-2001

CHOCARRO VIDARTE ANGEL CARLOS

CL/ MAYOR, 90; 2 - PUENTE REINA

18208459A SANCION TRAFICO 310045156509 NA9455A K1610101078631232 30.000 18-09-2001

FERRERUELA JIMENEZ RAMON

CL/ IRUNLARREA, 54; 5-C - PAMPLONA

33436199H SANCION TRAFICO 260042770225 NA3013 K1610101078493941 60.000 18-09-2001

GAMBARTE OLEA JESUS ANGEL

CL/ S. BARTOLOME, 59; B - ANDOSILLA

33436199H SANCION TRAFICO 269042655031 NA3013 K1610101079256758 60.000 17-10-2001

GAMBARTE OLEA JESUS ANGEL

CL/ S. BARTOLOME, 59; B - ANDOSILLA

72650072H SANCION TRAFICO 310044970450 NA8001A K1610101079392685 12.000 17-10-2001

GOYENECHE IRAZOQUI ILDEFONSO

CL/ SAN MIGUEL, 11; 3-IZ - BURLADA

29144771E SANCION TRAFICO 310044925613 M 5577M K1610101079402123 60.000 17-10-2001

IRIARTE ARILLA SALVADOR G.

PZ/ LOS FUEROS, 2 - SANGÜESA

72695135R SANCION TRAFICO 310045206756 NA8082 K1610101079403905 60.000 17-10-2001

MARTINEZ POZO JORGE

CL/ MIRAVALLES, 1; 4-C - PAMPLONA

72772288N SANCION TRAFICO 310044561299 Z 9698A K1610101078638316 30.000 18-09-2001

MARTINEZ-LOSA SOLANA JESUS

CL/ SANTA BARBARA, 78 - CORELLA

72772288N SANCION TRAFICO 310044806569 SO0648 K1610101079397118 12.000 17-10-2001

MARTINEZ-LOSA SOLANA JESUS

CL/ SANTA BARBARA, 78 - CORELLA

52443462N SANCION TRAFICO 310044888689 NA1571A K1610101078632178 30.000 18-09-2001

PEREZ IÑIGUEZ JESUS

AV/ CARLOS III EL NOBLE, 12 - FUSTIÑANA

A31078124 MULTAS 704-01513-99 CARECER DE TARJE C0800001420003489 30.000 04-09-2001

DESARROLLO E INVESTIGACION DEL

CL/ BIDETXIKI PG. ARETA, S/N - HUARTE

Recursos:

Recurso de reposición ante el Organo que ha dictado la providencia de apremio, en el plazo de 15 días, a contar desde el siguiente al del recibo de esta notificación o reclamación económico-administrativa, ante el Tribunal competente de dicha jurisdicción, en el mismo plazo, sin que puedan simultanearse ambos recursos. La resolución de las reclamaciones económico-administrativas corresponderá a los órganos económico-administrativos de la Comunidad Autónoma.

Motivos de impugnación:

El procedimiento de apremio podrá impugnarse por los siguientes motivos (artículo 138.1 de la Ley General Tributaria y artículo 99.1 del Reglamento General de Recaudación):

-Pago o extinción de la deuda.

-Prescripción.

-Aplazamiento.

-Falta de notificación de la liquidación o anulación o suspensión de la misma.

-Defecto formal en el título expedido para la ejecución.

Suspensión del procedimiento:

El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre).

Solicitud de aplazamiento:

Conforme establece el artículo 48 del Reglamento General de Recaudación, se podrá aplazar o fraccionar el pago de las deudas en periodo ejecutivo.

La presentación de las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento se efectuará en la Delegación o Administraciones de la A.E.A.T. del territorio en que se deba efectuar el pago.

Lugar de pago:

En la entidad que presta el servicio de caja de la Delegación Administración de la A.E.A.T.

Intereses de demora:

Las cantidades adeudadas, excluido el recargo de apremio, devengarán intereses de demora desde el día siguiente al vencimiento de la deuda en periodo voluntario hasta la fecha de su ingreso. El tipo de interés se fijará de acuerdo con lo establecido en los artículos 58 de la Ley General Tributaria y 36 de la Ley General Presupuestaria, según se trate de deudas tributarias o no tributarias, respectivamente.

Costas:

En caso de producirse costas en el procedimiento, la Administración repercutirá su importe al deudor, conforme a lo establecido en los artículos 153 y 157 del Reglamento General de Recaudación.

Plazos para efectuar el ingreso:

(Artículo 108 del Reglamento General de Recaudación.)

A) Recibida la notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el 20 de dicho mes, o inmediato hábil posterior.

B) Recibida la notificación entre los días 16 y último de cada mes, hasta el 5 del mes siguiente, o inmediato hábil posterior.

Personación del interesado:

Se advierte al deudor que puede comparecer, por sí mismo o por medio de representante, en el expediente ejecutivo que se le sigue. Transcurridos ocho días desde la publicación de este anuncio, sin personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento sin perjuicio del derecho que le asiste a comparecer.

Pamplona, cuatro de diciembre de dos mil uno. El Jefe de la Dependencia Regional de Recaudación, Pedro C. Jiménez Jiménez.

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