VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de Primera Instancia número Cinco de Pamplona
E D I C T O
Don José María Madorrán Herguera, Secretario del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de Pamplona.
Hago saber: Que en la ejecución Hipotecaria seguido en este Juzgado con el número 321/2002-A a instancia de Caja Rural de Navarra, S.C., Crédito contra don Cecilio Diago Braco, sobre reclamación de cantidad, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:
BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y SU VALORACION
_Vivienda sita en calle Virgen del Soto, número 3-2.º D, Pamplona. Inscrita al tomo 821, libro 41, folio 8, finca número 2079, valorada en 21.035,42 euros.
La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado calle San Roque, s/n, el próximo día veinte de enero a las nueve treinta de su mañana.
CONDICIONES DE LA SUBASTA
1. Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.º Identificarse de forma suficiente.
2.º Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.
3.º Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el BBVA número 3162, Sucursal Monasterio de Urdax, o de que han prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de los dispuesto en el apartado 2 del artículo 6652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.
2. Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.
3. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente.
4. Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LECn.
5. La certificación registral está de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado.
6. Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes, y que por el sólo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si e remate se adjudicare a su favor.
7. No consta la situación posesoria del inmueble.
Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un Domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.
Pamplona, seis de noviembre de dos mil dos El/La Secretario/a Judicial, firma ilegible. __ __ J2252747 __
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