BOLETÍN Nº 15 - 4 de febrero de 2002

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Pamplona

Cédula de requerimiento

Tribunal que acuerda: Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Pamplona.

Asunto en que se acuerda: Autos de juicio cambiario número 280/2001-A, seguidos ante este Juzgado a instancias de Comercial Pecuaria Segoviana, S.A. frente a Covalerta 2000.

Entidad a la que se requiere: Dado su ignorado paradero, se requiere por edictos a Covalerta 2000, a fin de que en el plazo de diez días pague al acreedor, Comercial Pecuaria Segoviana, S.A., la cantidad de un millón nueve mil quinientas treinta y una pesetas (1.009.531 pesetas), importe del principal reclamado, más la cantidad de 500.000 pesetas, en concepto de intereses de demora, gastos y costas, sin perjuicio, esta última, de ulterior liquidación.

1.-Si no paga en dicho plazo, ni presenta demanda de oposición en igual plazo al juicio cambiario por las causas o motivos previstos en el artículo 67 de la Ley Cambiaria y del Cheque, se despachará ejecución contra sus bienes por las cantidades reclamadas (artículo 824 L.E.Cn.).

2.-Se notifica a la misma que se ha procedido al embargo del siguiente bien de su propiedad:

Finca. Urbana terreno edificable, sito en Cadreita. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tudela número Uno. Finca 3.750, y que por el simple hecho de la oposición, no quedará sin efecto el embargo preventivo acordado (artículo 827 L.E.Cn.).

3.-La demanda de oposición en atención a la cuantía de lo reclamado, si requiere la firma de Abogado y Procurador.

Y para que sirva de requerimiento en legal forma a la demandada Covalerta 2000, la cual se halla en ignorado paradero, expido la presente en Pamplona, a diez de octubre de dos mil dos. El Secretario Judicial, firma ilegible.

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