III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
A R A N T Z A
Aprobación inicial de modificación de Ordenanzas fiscales para el año 2002
El Pleno del Ayuntamiento de Arantza, con la mayoría legal necesaria, en sesión celebrada el día 2 de enero de 2002 acordó:
1.º Aprobar inicialmente la modificación de las Ordenanzas fiscales para el Ejercicio económico de 2002, en lo que hace referencia a las tarifas o importes, que quedan establecidas en las siguientes cuantías:
1) Certificados:
Certificaciones relativas a empadronamiento, bienes, convivencia, etc.: 1,50 euros.
Certificaciones que requieran consultar los archivos municipales: 4 euros.
2) Fotocopias:
Por cada copia tamaño DIN A-4: 0,12 euros.
Por cada copia tamaño DIN A-3: 0,24 euros.
3) Tarjeta de armas:
Por cada tarjeta de armas tramitada: 3 euros.
4) Compulsa de documentos:
Por cada compulsa: Un euro.
5) Fax:
Envío de fax: Por cada hoja 0,8 euros.
Recepción de fax: Por cada hoja 0,5 euros.
6) Paso de vehículos:
Metro lineal al año: 20 euros.
7) Reserva de espacio:
Reserva permanente: Por cada metro lineal o fracción al año, 20 euros.
Reserva horario limitado: Por cada metro lineal o fracción al año, 10 euros.
Reserva provisional: Se cobrarán unos derechos mínimos de 10 euros.
8) Suministro de agua:
Por el suministro para usos domésticos, por cada metro cúbico consumido, 0,12 euros.
Por el suministro para usos industriales o de riegos, por cada metro cúbico, 0,12 euros.
Por la instalación de acometida de abastecimiento, 350 euros.
Por disponibilidad y mantenimiento del servicio de abastecimiento, 3 euros.
9) Tasa de alcantarillado:
Licencia de acometida a la red de alcantarillado, 350 euros.
Por alcantarillado, cada 5 metros cúbicos, 0,08 euros.
10) Aprovechamientos especiales en el suelo:
a) Mercadillos, por metro lineal o fracción:
Al día:
Venta de productos alimenticios, ropa y calzado: Un euro.
Venta de artesanía, libros, numismática y otros elementos de consideración cultural: Un euro.
b) Rastrillos:
Venta de pequeña artesanía, bisutería y otros productos autorizados, por puesto: Un euro al día. Fiestas: 2 euros.
c) Venta ambulante:
Todo el año, una vez a la semana: 70 euros/año.
Todo el año, dos veces a la semana: 130 euros/año.
Todo el año, todos los días: 155 euros/año.
Todo el año, una vez al mes: 25 euros/año.
Todo el año, dos veces al mes:35 euros/año.
d) Vehículos-bar: 4 euros/día.
11) Aprovechamientos especiales en el subsuelo:
Por parque instalado, al año 310 euros.
Cuota mínima por instalación y aprovechamiento de redes generales de distribución de gas, por metro lineal al año, 0,10 euros.
12) Aprovechamiento de helechales: 10 euros/hectárea. Canon mínimo de 10 euros al año.
13) Aprovechamiento de pastizales: 40 euros/hectárea. Canon mínimo de 10 euros al año.
2.º Asimismo se aprueban las siguientes modificaciones, para dicho año 2002:
El gravamen de la contribución urbana se establece en 0,3198.
El gravamen de la contribución sobre la riqueza rústica se establece en 0,5275.
3.º Someter todo ello a información pública en forma reglamentaria.
Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, al objeto de que los vecinos o interesados legítimos puedan, dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, examinar el expediente que se hallará en la Secretaría del Ayuntamiento y formular las reclamaciones que se consideren oportunas. Transcurrido dicho plazo sin haberse efectuado reclamación, se entenderán definitivamente aprobadas.
Arantza, a siete de enero de dos mil dos. El Alcalde, José Ramón Amorós Oskoz.
Código del anuncio: A0200687