BOLETÍN Nº 145 - 2 de diciembre de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

RESOLUCION de 7 de octubre de 2002, del Director General de Estructuras Agrarias e Industrias Agroalimentarias del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se ordena la inscripción en el Libro Registro de Navarra, del acuerdo de disolución de la Sociedad Agraria de Transformación "Lantegui" 521 NA, y la fusión por absorción con "Valle de Odieta, Sociedad Cooperativa Limitada", (entidad absorbente).

De conformidad con el Real Decreto 1776/1981, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto que regula las Sociedades Agrarias de Transformación; la Orden de 14 de septiembre de 1982, que lo desarrolla; el Real Decreto 2654/1985, de 18 de diciembre, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra en esta materia; los Decretos Forales 40/1986, de 7 de febrero, por el que se asignan al Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes los servicios y funciones transferidos, y 71/1986, de 28 de febrero, por el que se crea el Registro de Navarra de Sociedades Agrarias de Transformación, y visto el informe favorable del Servicio de Industrias Agroalimentarias y Alimentación.

En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido delegadas por la Orden Foral de 13 de septiembre de 1999, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación,

RESUELVO:

1.º Calificar favorablemente y ordenar la inscripción en el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación del Acuerdo de fecha 15 de diciembre de 2001, adoptado en Asamblea General de socios de la S.A.T. "Lantegui", 521 NA, en el que se aprueba por unanimidad la fusión por absorción con efectos a partir del día 1 de enero de 2002 con "Valle de Odieta, Sociedad Cooperativa Limitada" (entidad absorbente) y la consiguiente disolución de la Sociedad Agraria de Transformación "Lantegui" 521 (entidad absorbida), acuerdo elevado a público en Escritura autorizada por el Notario don Juan Francisco López Arnedo, en Pamplona a 6 de mayo de 2002, con el número 792 de su protocolo.

2.º Contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma de conformidad con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

3.º Notificar esta Resolución al Registro de Sociedades Agrarias de Transformación, al interesado y a la Administración del Estado, advirtiendo que un extracto de la inscripción deberá ser remitida al BOLETIN OFICIAL de Navarra para su publicación y conocimiento de terceros.

Pamplona, siete de octubre de dos mil dos._El Director General, Andrés Eciolaza Carballo. __ __ A0211561 __

Código del anuncio: