BOLETÍN Nº 142 - 25 de noviembre de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

A R T A J O N A

Edicto de notificación

No habiendo sido posible efectuar la notificación del acuerdo municipal de fecha 25 de octubre de 2002, a doña Madelein Hernández Amaro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, se realiza la notificación mediante el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

El Ayuntamiento de Artajona, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2002, adoptó entre otros acuerdos, el que se transcribe a continuación:

Rescisión contrato adjudicataria Bar Club de Jubilados e incautación fianza depositada.

"Vista la adjudicación que con fecha 10 de agosto de 1998, se efectuó del arriendo de los servicios de bar del Club de Jubilados de Artajona a favor de doña Madelin Hernández Amaro".

Visto el condicionado de arriendo que fue aprobado por esta Corporación municipal con fecha 11 de junio de 1998.

Visto que es público y notorio que la arrendataria hace más de dos meses que no encuentra al frente del establecimiento, por lo que se considera que ha abandonado el servicio y que en la actualidad existe otra persona atendiendo los servicios del bar que no ha sido contratada debidamente.

Visto que la arrendataria ha dejado impagadas diversas cuotas del servicio telefónico y otras facturas, entre ellas el agua, con el consiguiente perjuicio para la Asociación de Jubilados y subsidiariamente para este Ayuntamiento.

Visto que en el punto 21 a) del acondicionado para el arriendo se dice que será causa de rescisión de la adjudicación con pérdida de fianza la falta de pago de recibos de agua,

Se acuerda por unanimidad:

1. Rescindir el contrato de arrendamiento del bar del Club de Jubilados, por las razones expuestas, a doña Madelein Hernández Amaro, siguiendo para la notificación del presente acuerdo, los trámites legales pertinentes.

2. Incautarse este Ayuntamiento del aval bancario depositado en su día por la arrendataria para responder de su gestión y de esta manera, resarcirse este Ayuntamiento de los perjuicios ocasionados.

Lo que se notifica a usted para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra el presente acuerdo cabe interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante esta Alcaldía en el plazo de un mes, de contando a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación, o

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se concede a la interesada un plazo de quince días para que pueda alegar lo que estime pertinente.

Artajona, a seis de noviembre de dos mil dos. El Alcalde, Jesús Zabalegui. El Secretario, Antonio Vitrián. __ __ A0212135 __

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