BOLETÍN Nº 138 - 15 de noviembre de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

A Z A G R A

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Empleado de Servicios Múltiples al servicio del Ayuntamiento de Azagra

1.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, en régimen laboral, de un puesto de trabajo de empleado de servicios múltiples al servicio del Ayuntamiento de Azagra.

1.2. El aspirante que resulte nombrado en virtud de la presente convocatoria tendrá la condición de contratado laboral fijo y será afiliado y dado de alta en la Seguridad Social, sin perjuicio del período de prueba.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado de la remuneración correspondiente al nivel E del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y, en su caso, con las retribuciones complementarias que se atribuyan al puesto en la plantilla orgánica a tenor de lo dispuesto en la disposiciones aplicables.

1.4. El aspirante nombrado tendrá el deber de residir en el término municipal de Azagra.

1.5. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio pudiendo ser modificado en cualquier momento por el Ayuntamiento.

2.-Funciones a desempeñar.

Los trabajos y funciones propios del nombrado serán los adecuados a la categoría de la convocatoria, entre otros: Mantenimiento y limpieza de edificios municipales, cuidado de bienes municipales, trabajos de albañilería, fontanería, carpintería, electricidad, prestación de servicios municipales de todo tipo, colaboración en obras, etc.

3.-Requisitos de los aspirantes.

3.1. Para ser admitido en la presente convocatoria, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o de cualquier país miembro de la Unión Europea y ser mayor de edad.

b) Hallarse en posesión, como mínimo del certificado de escolaridad o equivalente.

c) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

d) Tener la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño del cargo.

e) Disponer del permiso de conducir de la clase B-1.

4.-Instancias.

4.1. Las instancias se presentarán en el registro del Ayuntamiento dentro del plazo de los treinta días naturales siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y hasta las catorce horas del último día del plazo señalado si es hábil o del siguiente que lo sea en el supuesto de que se dé la circunstancia de que el último día del plazo señalado sea inhábil. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

4.2. Los aspirantes, para ser admitidos, deberán presentar la instancia ajustada al modelo que figura en la presente convocatoria y fotocopia compulsada del D.N.I. o documento equivalente.

4.3. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

5.-Admisión de aspirantes.

5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, se aprobará por el señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Azagra, la lista provisional de admitidos y excluidos y se ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5.2. Los aspirantes excluidos, dentro del plazo de diez días hábiles siguientes a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la lista provisional de admitidos y excluidos, podrán formular reclamaciones o, en su caso, subsanar los defectos formales de su instancia y documentación presentada.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Señor Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Azagra aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos y se ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, señalándose asimismo la fecha del comienzo de las pruebas.

6.-Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don Basilio Sánchez Lasheras o persona en quien delegue.

Vocal: Don José María Goñi Sola o persona en quien delegue.

Vocal: Don Emilio Vidondo Medrano o persona en quien delegue.

Vocal: Don Carlos Vidondo Zudaire o persona en quien delegue.

Vocal: Un empleado de servicios múltiples de un municipio limítrofe.

Secretario: El de la Corporación.

6.2. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas siendo necesaria para la válida constitución y actuación, la asistencia de al menos la mayoría absoluta de sus miembros.

6.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

6.4. El Tribunal podrá incorporar asesores para todas o algunas de las pruebas; dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas.

7.-Desarrollo del concurso oposición.

7.1. El concurso oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición.

7.2. La fecha de comienzo del concurso se fijará conjuntamente con la aprobación y publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos.

7.3. Posteriormente el Tribunal hará públicos oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Azagra.

8.-Fase de concurso.

8.1. El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes de acuerdo con el siguiente baremo de méritos y deberán ser alegados y probados documentalmente por los aspirantes en el momento de presentar su instancia solicitando tomar parte en el concurso-oposición con documentos originales o compulsados debidamente, teniéndose por no aportados en caso contrario.

8.2. Méritos.

a) puestos de trabajo de las mismas características al objeto de la presente convocatoria:

-Desempeñados en administraciones públicas: 2 puntos por año completo.

-Desempeñados en empresa privada: 1 punto por año completo.

La puntuación máxima por este apartado será de 8 puntos.

b) Titulaciones académicas superiores a la exigida: Hasta 1 punto.

c) Cursos de formación relacionados con el trabajo a desempeñar: Hasta 1 punto.

La puntuación correspondiente a este apartado 7.2. no podrá ser superior a 10 puntos.

8.3. El Tribunal podrá solicitar en cualquier momento aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes.

8.4. Concluida la fase del concurso el Tribunal hará pública la relación de aspirantes en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento precisando los puntos que hayan obtenido cada uno de ellos en la fase de concurso.

9.-Fase de oposición.

9.1. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios.

a) Primer ejercicio: Práctico. Realización de pequeños trabajos relacionados con las tareas a realizar en el punto 1.3. de la presente convocatoria. Se facilitarán materiales. El tiempo de realización efectiva de los diferentes trabajos de que conste este primer ejercicio será de dos horas. La puntuación máxima de la prueba será de 30 puntos quedando eliminados aquellos aspirantes que no obtengan una puntuación mínima de 15 puntos.

b) Segundo ejercicio: Teórico. Consistirá en la contestación por escrito de 10 preguntas sobre conocimientos de Azagra en relación con sus términos, calles, etc. Puntuación máxima de 30 puntos (3 puntos por pregunta), quedando eliminados aquellos aspirantes que no obtengan una puntuación mínima de 15 puntos. El tiempo de realización del ejercicio será de dos horas.

c) Tercer ejercicio: Consistirá en la realización de diez problemas aritméticos. No se permitirá el uso de máquinas calculadoras. Puntuación máxima de 30 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no obtengan una puntuación mínima de 15 puntos. El tiempo de realización del ejercicio será de dos horas.

d) Cuarto ejercicio teórico: Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema de los relacionados en el Anexo II de la presente convocatoria. Puntuación máxima de 15 puntos, quedando eliminados aquellos aspirantes que no obtengan una puntuación mínima de 7,5 puntos. El tiempo de realización del ejercicio será de dos horas.

e) Entrevista personal realizada por el tribunal: Puntuación máxima 5 puntos.

Cada uno de los ejercicios de que consta la oposición será eliminatorio, excepto la entrevista personal.

9.2. Una vez terminado cada ejercicio, el Tribunal, en el plazo de diez días, hará pública en las Oficinas Municipales la fecha y lugar de celebración del siguiente ejercicio y las calificaciones obtenidas.

9.3. Las pruebas se realizarán mediante llamamiento único al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran a las mismas, quedarán eliminados.

10.-Relación de aprobados.

10.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública en las Oficinas Municipales la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida sumando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en la fase de concurso y oposición.

El Tribunal elevará al órgano competente propuesta de contratación a favor del aspirante con mayor puntuación.

Dicha propuesta será publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

10.2. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación de la propuesta de nombramiento en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, el aspirante propuesto deberá aportar la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, del carnet de conducir y de la titulación exigida.

b) Certificado médico oficial acreditativo de que el interesado no padece enfermedad ni defecto físico que le impida el desempeño del cargo.

c) DeclaraciÍn jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y de no haber sido separado de una administración pública.

10.3. Si dentro del plazo fijado y salvo caso de fuerza mayor debidamente justificado, el aspirante propuesto no presentase dichos documentos, no podrá ser formalizado el contrato laboral quedando anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

10.4. En el supuesto previsto en el caso del apartado 10.3, el Ayuntamiento cubrirá, en su caso, con los sucesivos candidatos incluidos en la lista a que hace referencia en el apartado 10.1.

11.-Nombramiento y toma de posesión.

11.1. Concluido el proceso selectivo se procederá al nombramiento por el Ayuntamiento de Azagra del propuesto como Empleado de Servicios Múltiples del Ayuntamiento de Azagra.

11.2. Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

11.3. El aspirante nombrado deberá tomar posesión (suscribiendo contrato laboral) en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo caso de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de contratado laboral fijo del Ayuntamiento de Azagra, procediéndose de la forma prevista en la base anterior.

12.-Recursos.

12.1. Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de la misma podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del mismo o, directamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, o bien

b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contado desde el día de la publicación de la resolución

ANEXO I

Don/doña ........................., mayor de edad, con D.N.I. número ........... y nacido el día ..........., de ............., de .........., natural de ....................... (..........), con domicilio en calle .............................., número ........., código postal ................, localidad ........................, teléfono ...................,

Comparece y como mejor proceda, dice:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión de una plaza de empleado de servicios múltiples.

Que no padece enfermedad ni defecto físico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública, ni está habilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación señalada en la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Por lo expuesto,

Solicita se sirva admitir la presente instancia y en su virtud le haga ser admitido a ala convocatoria para la provisión por concurso oposición de una plaza de empleado de servicios múltiples.

(Fecha y firma)

ANEXO II

1.-La Constitución Española de 1978. Derechos Fundamentales. Garantías. El Tribunal Constitucional. Funciones Constitucionales del Rey. Las Cortes Generales. Organización Territorial de Estado. Breve referencia.

2.-La Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. Naturaleza y significado. Breve referencia a las Instituciones Forales de Navarra.

3.-La Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra. Breve referencia.

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