BOLETÍN Nº 128 - 23 de octubre de 2002

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social número Treinta de Madrid

E D I C T O

Don José Gayo Ydoate, Secretario del Juzgado de lo Social número Treinta de Madrid y su Provincia.

Hago saber: Que en los autos número demanda número 328/1996, ejecución número 143/2002, sobre despido, seguidos a instancia de Oficina de Gestión y Prestaciones del Síndrome Tóxico, contra Concepción Rodríguez Montero y contra los herederos de don Francisco Alcaide Ortega, Francisco, Rosa, Concepción, Andrés, Matilde, María Mar, y David Alcaide Rodríguez, se ha dictado auto de ejecución de esta fecha, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Primero.-Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por Oficina de Gestión y Presentaciones del Síndrome Tóxico, contra Concepción Rodríguez Montero y contra los herederos de don Francisco Alcaide Ortega, Francisco, Rosa, Concepción, Andrés, Matilde, María Mar, y David Alcaide Rodríguez, por importe de 8.853,34 euros de principal, más 1.328 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

Segundo.-Trabar embargo sobre los bienes y derechos de los que sea titular los demandados.

Tercero.-A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, al efecto de que por la Comisión Judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades, por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la Fuerza Pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentran los bienes cuya traba se pretende.

Y, para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de los bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes Organismos y Registros Públicos, con el fin de que se faciliten relación de todos los bienes y derechos del deudor de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad al ejecutado por el concepto de devolución por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, IVA, o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública al ejecutado, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la cuenta de depósitos y consignaciones abierta por este en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, con número de cuenta 2.803, sito en calle Basilica, 19, de Madrid.

Cuarto.-Encontrándose los demandados María Mar y Andrés Alcaide Rodríguez en ignorado paradero, notifíquese la presente resolución mediante la publicación de edictos en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid", y para don Francisco Alcaide Rodríguez publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, con la advertencia de que las sucesivas notificaciones se harán a través del Estrado, conforme al artículo 59 de la LPL.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por el ejecutado en el plazo de diez días, por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la LEC en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal). Sin perjuicio de su ejecutividad.

Así por este mi auto lo pronuncio mando y firmo".

Y para que sirva de notificación a Francisco Alcaide Rodríguez, en ignorado paradero, expide la presente, para su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y colocación en el Tablón de Anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las sucesivas notificaciones se harán a través del Estrado, conforme al artículo 59 de la L.P.L.

En Madrid, a dos de septiembre de dos mil dos. El Secretario, firma ilegible.

Código del anuncio: J2204066