BOLETÍN Nº 128 - 23 de octubre de 2002

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de Tudela

E D I C T O

Doña Marta Mena Ochoa, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Tudela.

Hago saber: Que en el procedimiento de juicio verbal número 185/01, seguido a instancias del Procurador señor Laseca Arellano, en nombre y representación de don Gregorio Calle Montes y de la Mutualidad de Seguros Mapfre, como parte actora, contra el demandado don Juan Alberto González Herrera, en reclamación de cantidad, ha recaído sentencia de fecha 31-7-02, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"En Tudela a treinta y uno de julio de dos mil dos.

Vistos por doña a Ana José Añón Montón, Juez Stta. del Juzgado de la Instancia número Dos de Tudela y su Partido, los presentes autos de juicio verbal civil número 185/01, seguidos a instancia de don Gregorio Calle Montes y Mutualidad de Seguros Mapfre, representados por el Procurador de los Tribunales señor Laseca Arellano, y asistidos del Letrado señor Alonso Nuñez, contra don Juan Alberto González Herrera, en situación de rebeldía procesal, en reclamación de cantidad por importe de 2.165,61 euros".

"Fallo: Que estimando totalmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales señor Laseca Arellano, en nombre y representación de don Gregorio Calle Montes y de Mutualidad de Seguros Mapfre, contra don Juan Alberto González Herrera, en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad por importe de dos mil ciento sesenta y cinco euros con sesenta y un céntimos de euro (2.165,61 euros); debo condenar y condeno al citado demandado, a que una vez sea firme esta sentencia, pague a don Gregorio Calle Montes la suma de tres cientos euros con cincuenta y un céntimos (300,51 euros), y a la Mutualidad Mapfre, la suma de mil ochocientos sesenta y cinco euros con nueve céntimos (1.865,09 euros), más los intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial e incrementados en dos puntos a partir de esta resolución y hasta su completo pago, así como al pago de las costas procesales.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días, desde su notificación".

Y para que sirva de notificación en forma al demandado rebelde don Juan Alberto González Herrera, haciéndole saber que la sentencia no es firme, siendo recurrible en apelación en el plazo de cinco días, desde la fecha de publicación del presente edicto, se expide la presente en Tudela, a veintiséis de septiembre de dos mil dos. La Secretaria, Marta Mena Ochoa.

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