BOLETÍN Nº 121 - 7 de octubre de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

ORDEN FORAL 1253/2002, de 23 de agosto, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias del Valle de Aranguren, en parcela 668 de la Unidad UO16 MB de Mutilva Baja, promovido por Tamboga 1000 Asociados, S.L.

El Ayuntamiento del Valle de Aranguren ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva, con la determinación que se especifica en la parte dispositiva de esta Orden Foral.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias del Valle de Aranguren, en parcela 668 de la Unidad UO16 MB de Mutilva Baja, promovido por Tamboga 1000 Asociados, S.L., con la determinación de que el uso propuesto para la citada parcela quede de la siguiente manera: oficinas, ventas, hostelería, que tengan la consideración de dotación al servicio de la unidad UO 16 MB (anterior sector III) a la que pertenece.

2.º Señalar que contra esta Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra el expediente de modificación se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la presente Orden Foral, tal como se dispone en el articulo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar esta Orden Foral al Ayuntamiento del Valle de Aranguren, al promotor y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, veintitrés de agosto de dos mil dos.-El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, Jesús Javier Marcotegui Ros.

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