BOLETÍN Nº 121 - 7 de octubre de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Resoluciones

RESOLUCION de 22 de agosto de 2002, del Director General de Agricultura y Ganadería, por la que se aprueba la nueva tarifa de precios por acciones correspondientes a la vigilancia, control y certificación de los productos obtenidos conforme a las normas de la Producción Integrada.

El Decreto Foral 143/1997, de 26 de mayo, por el que se regula la producción integrada y la diferenciación de sus productos, atribuye a la Comisión Coordinadora para la Producción Integrada, entre otras, la función de informar sobre cuantos asuntos sean de interés en relación con este Decreto Foral, y especialmente respecto de cuantas medidas considere puedan mejorar la regulación, la práctica y la promoción de la Producción Integrada.

Asimismo, en la Orden Foral de 28 de diciembre de 1998, por la que se regulan el registro y el sistema de control para la producción integrada en Navarra, en su artículo 5.º, relativo a la financiación, se especifica que la Comisión Coordinadora informará las tarifas de precios que proponga el organismo de control y certificación para financiar sus costes de funcionamiento, los cuales deberán ser aprobados por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, con carácter previo a su aplicación.

Visto el informe del Servicio de Agricultura y Financiación Agraria, según el cual la Comisión Coordinadora para la Producción Integrada, en sesión del 24 de junio de 2002, tomó el acuerdo de informar favorablemente los precios unitarios propuestos por la entidad de control y certificación, en concepto de vigilancia, control y certificación en producción integrada.

En consecuencia y en ejercicio de las atribuciones que me han sido delegadas por la Orden Foral de 13 de septiembre de 1999, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

RESUELVO:

1.º Aprobar la tarifa de precios propuesta por la entidad de control y certificación, por acciones correspondientes a la vigilancia, control y certificación de los productos obtenidos mediante Producción Integrada en Navarra tal como se recoge a continuación:

a) Operadores productores:

Cultivo: Espárrago, crucíferas, lechugas, alcachofas, frutales y tomate de industria: 15 euros por hectárea y año.

Cultivo: Cultivos de invernadero: 30 euros por hectárea y año.

Cultivo: Arroz: 12 euros por hectárea y año.

b) Operadores acondicionadores y almacenistas comercializadores de producto en fresco.

-Cuota fija anual de 60 euros, más 5 euros por millar de etiquetas utilizadas.

c) Operadores elaboradores transformadores.

-Cuota fija anual de 100 euros.

2.º Aplicar estas nuevas tarifas, con carácter retroactivo, al año 2001, en los supuestos de disminución respecto a la situación anterior.

3.º Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la misma, de conformidad con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

4.º Publicar la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

DISPOSICION DEROGATORIA

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan o contradigan lo dispuesto en esta Resolución y, en particular, la Resolución de 14 de mayo de 2001, por la que se aprueba la tarifa de precios propuesta por la entidad de control y certificación.

Pamplona, veintidós de agosto de dos mil dos.-EL Director General de Agricultura y Ganadería, Francisco Javier Enériz Olaechea.

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