BOLETÍN Nº 121 - 7 de octubre de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Ordenes Forales

ORDEN FORAL de 16 de septiembre de 2002, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se encomienda a Gestión Ambiental Viveros y Repoblaciones de Navarra, S.A. la ejecución del plan de actuación de "Erradicación y control de fuego bacteriano (Erwinia amylovora) en 2002".

El Fuego Bacteriano es una grave enfermedad causada por la bacteria Erwinia amylovora, que fundamentalmente afecta a plantas de la familia de las rosáceas. Las referencias de que se dispone procedentes de los países donde se ha introducido, indican que cuando dicha enfermedad se establece en un territorio, puede causar importantes pérdidas económicas en explotaciones de frutales de pepita en general y de peral y manzano en particular, así como en el sector de plantas ornamentales y forestales (Cotoneaster, Pyracantha, Crataegus, Sorbus, etc.).

Erwinia amylovora (Burr.) Winsl et al. es una bacteria clasificada en el Anejo II-A, sec. II-b 3 de la Directiva 2000/29 CE del Consejo, de 8 de mayo de 2000, relativa a las medidas de protección contra la introducción en las Comunidades Europeas de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de las mismas, siendo España zona protegida respecto a la misma.

En 1996 se detectó un primer foco de la enfermedad en la zona Norte de Navarra. Posteriormente a la erradicación del mismo, en la primavera de 1997 se localizó un nuevo foco en Doneztebe/Santesteban, por lo cual el Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, mediante Orden Foral de 28 de julio de 1997, dispuso la adopción de medidas contra el fuego bacteriano (Erwinia amylovora) en el territorio de la Comunidad Foral.

Ese mismo año se encontraron varios vegetales infectados en Baztán, Cuenca de Pamplona, Valdizarbe, etc.

Ante la detección de los nuevos focos, se tomaron las medidas tendentes a conocer la verdadera extensión de la enfermedad y a intentar su erradicación, tanto dentro del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, como en coordinación con otros Departamentos del Gobierno de Navarra y con la Subdirección General de Sanidad Vegetal del MAPA.

En los años siguientes se intensificaron las medidas de inspección, tanto en las zonas productoras de fruta, como en urbanizaciones, setos, medianas, etc, ya que la mayor parte de los resultados positivos eran en Pyracantha, planta muy utilizada como ornamental. Por este motivo, por Decreto Foral 46/1999, de 15 de febrero, se prohibió su plantación en todo Navarra.

Durante 1998 y 1999 se incrementaron el número de positivos detectados, habiéndose extendido ligeramente la enfermedad con Tafalla, Lorca, Artajona y Villamayor de Monjardín como puntos destacados. También en el resto del Estado se detectaron nuevos positivos en Lérida, norte de Huesca y Madrid.

Las campañas de los años 2000 y 2001 se han caracterizado por la aparición de pocos síntomas de Fuego Bacteriano. Si bien se han detectado positivos nuevos, no ha aumentado significativamente la parte de Navarra infectada por la enfermedad, toda vez que las nuevas infecciones se han localizado en lugares próximos a los contaminados, o dentro de las zonas ya contaminadas. Solamente Izurdiaga, Zudaire y Solchaga pueden ser considerados como lugares separados de anteriores contaminaciones. En el 2000 de 39 muestras, 11 fueron positivas, y en 2001 se han tomado 45 muestras, de las cuales 12 han sido positivas.

A pesar de estos hechos, en el resto del Estado se han detectado nuevos e importantes focos. Son de especial mención los localizados en las cercanías de Epila o el encontrado en las proximidades de Entrena (La Rioja).

Es evidente, por lo tanto, que la enfermedad está avanzando lentamente, aunque existe la posibilidad de un brusco incremento de su incidencia en campañas posteriores.

Por todo lo expuesto se mantiene la necesidad de contar con un plan de actuación que contemple todas las actividades encuadradas bajo el concepto genérico de erradicación y control, y que vienen ordenadas por el Real Decreto 1201/1999, de 9 de julio.

Los objetivos de este plan de actuación serán:

1. Inspección de las parcelas o lugares declarados contaminados y sus zonas de seguridad definidas en la Orden Foral de 28 de julio de 1997. Localización de plantas infectadas.

2. Inspección, seguimiento y control de los puntos de la Red de Observación.

3. Inspección de establecimientos que comercialicen o produzcan vegetales de especies sensibles.

4. Inspecciones y controles sistemáticos de especies sensibles en las zonas de mayor riesgo potencial (Zona frutícola y Zona Norte de Navarra).

5. Inspecciones y controles mediante toma de muestras en zonas ajardinadas o enclaves naturales con plantas sensibles a la enfermedad, tanto en la zona Norte como en la Ribera

6. Destrucción del material vegetal infectado y del probablemente contaminado, ordenadas por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, siguiendo las directrices del Real Decreto 1201/1999.

7. Apoyo al Negociado de Sanidad Vegetal en tareas de información, divulgación, asesoramiento y prevención.

El Real Decreto 2071/1993, de 26 de noviembre, de medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros, constituye la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva anterior 77/93 y por tanto es la normativa básica aplicable en la materia, toda vez que la 2000/29 no se ha incorporado aún a nuestro ordenamiento jurídico.

El Real Decreto 1201/1999, de 9 de julio, por el que se establece el programa nacional de erradicación y control del fuego bacteriano de las rosáceas, en su artículo 4.1, establece que las Comunidades Autónomas efectuarán en sus ámbitos territoriales prospecciones sistemáticas encaminadas a descubrir la presencia de la bacteria.

Actualmente el Negociado de Sanidad Vegetal no dispone de medios para realizar todas las tareas relativas a los temas de Sanidad Vegetal, entre las que se incluye las destinadas al control y erradicación de la enfermedad. Sin embargo este problema requiere atención prioritaria tanto por lo que representa de riesgo para el sector frutícola como para dar cumplimiento a la normativa vigente.

Para solucionar el mismo, se solicitó a Gestión Ambiental Viveros y Repoblaciones de Navarra, S.A. una propuesta que desarrollara todos los aspectos necesarios para el logro de los objetivos previstos en el plan de actuación descrito anteriormente.

Las razones de este encargo a Gestión Ambiental Viveros y Repoblaciones de Navarra, S.A. son:

-Ofrece la garantía de su amplia experiencia en actuaciones de gestión de material vegetal y concretamente con muchas de las especies afectadas por la enfermedad.

-Esta entidad ya ha realizado trabajos de esta naturaleza con notable eficiencia en campañas anteriores.

-Disponibilidad de personal y medios adecuados a este tipo de tareas.

-Relación estatutaria con la administración foral.

Como respuesta a dicha petición Gestión Ambiental Viveros y Repoblaciones de Navarra, S.A. ha presentado una propuesta para cumplir con los objetivos básicos anteriormente expuestos que en todo caso han de estar bajo la supervisión del Negociado de Sanidad Vegetal.

El presupuesto total para 2002, teniendo presente que el plan se desarrollará desde abril hasta fin de año es de 37.560,80 euros.

Considerando:

1.º Que la propuesta de realización del Plan de Actuación sobre "Erradicación y control de fuego bacteriano (Erwinia amylovora) en 2002" presentada por Gestión Ambiental Viveros y Repoblaciones de Navarra, S.A. es acorde con los objetivos planteados por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación en relación con la lucha contra el Fuego Bacteriano.

2.º Que el conjunto de acciones parciales tanto de inspección y control como de destrucción, además de garantizar el cumplimento de la normativa vigente, permitirá limitar la implantación y difusión de la enfermedad en Navarra.

3.º Que el presupuesto para su desarrollo propuesto por Gestión Ambiental Viveros y Repoblaciones de Navarra, S.A. es adecuado al planteamiento global del plan de actuación. y al conjunto de labores a realizar durante su ejecución a lo largo del año 2002

ORDENO:

1. Aprobar la ejecución del plan de actuación de "Erradicación y control de fuego bacteriano (Erwinia amylovora) en 2002".

2. Aprobar un gasto de 37.560,80 euros, con cargo a la partida 710000-71210-2279-713100 "Contratación de trabajos", del Presupuesto de Gastos prorrogado para 2002 para la financiación de la ejecución del plan de actuación aprobado en el punto primero.

3. Encomendar a Gestión Ambiental Viveros y Repoblaciones de Navarra, S.A. NIF A/31 112501 la ejecución del plan de actuación "Erradicación y control de fuego bacteriano (Erwinia amylovora) en 2002" a que se hace referencia en el punto primero y bajo los supuestos que se indican en el Pliego de Condiciones que acompaña a esta Orden Foral.

4. Realizar el pago a Gestión Ambiental Viveros y Repoblaciones de Navarra, S.A. de 37.560,80 euros por la ejecución del plan. El pago se efectuará mediante la Resolución de pago correspondiente.

5. Que desde el Negociado de Sanidad Vegetal se realice el seguimiento de las diferentes actividades y la emisión del informe final.

6. Trasladar la presente Orden Foral a Gestión Ambiental Viveros y Repoblaciones de Navarra, S.A., a la Sección de Producción y Sanidad Vegetal, al Negociado de Sanidad Vegetal y al Negociado de Asuntos Económicos del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

7. Esta Orden Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, dieciséis de septiembre de dos mil dos.-El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ignacio Javier Martínez Alfaro.

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