BOLETÍN Nº 117 - 27 de septiembre de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Obras y Servicios Públicos

ORDEN FORAL 459/2002, de 14 de agosto, del Consejero de Administración Local, por la que se somete a información pública el expediente de extinción de los Concejos de Torralba del Río y Otiñano pertenecientes al Ayuntamiento de Torralba del Río.

El Presidente del Concejo de Torralba del Río ha interesado del Gobierno de Navarra la tramitación de un expediente para la extinción de dicho Concejo como entidad local, a tenor de lo establecido en el artículo 44. 1 letra c) de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra. Acompaña al respecto, certificación del acuerdo de la Junta concejil de fecha 12 de marzo de 2002, adoptado por la mayoría legal necesaria, así como certificación del acuerdo municipal de la misma fecha, por el que se informa favorablemente la extinción del citado Concejo.

Por su parte, el Presidente del Concejo de Otiñano ha interesado así mismo, del Gobierno de Navarra, la tramitación de un expediente para la extinción de dicho Concejo como entidad local, a tenor de lo establecido en el artículo 44.1 a) de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra. Acompaña al respecto, las firmas de la mayoría de los vecinos del Concejo, solicitando al Gobierno de Navarra su extinción como Concejo.

Instruido el expediente, conforme a lo dispuesto en los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede dar audiencia a los Concejos de Torralba del Río y Otiñano y al Ayuntamiento de Torralba del Río, así como someter a información pública, por el plazo de un mes, el expediente de extinción de dichos Concejos.

En su virtud,

ORDENO:

1.º Dar audiencia en el expediente de extinción de los Concejos de Torralba del Río y Otiñano, al Ayuntamiento de Torralba del Río y a los propios Concejos, por plazo de un mes y someter el expediente a información pública por igual plazo, mediante su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, con el fin de que cualquier persona física o jurídica pueda formular las alegaciones que estime procedente.

2.º Comunicar esta Orden Foral al Ayuntamiento de Torralba del Río y a los Concejos de Torralba del Río y Otiñano, a los efectos oportunos.

Pamplona, catorce de agosto de dos mil dos.-El Consejero de Administración Local, Rafael Gurrea Induráin.

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