BOLETÍN Nº 117 - 27 de septiembre de 2002

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social número Dos de Navarra

Cédula de notificación

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda número 200/2002, ejecución número 92/2002 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Djamel Leghars, contra la empresa Sormat Industrial, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente:

"Propuesta de auto. S.S.ª Secretario Judicial doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

En Pamplona, a doce de septiembre de dos mil dos.

Hechos:

Primero: En el presente procedimiento seguido entre Djamel Leghars como demandante y Sormat Industrial, S.L., como demandada consta:

Sentencia de fecha 30 de mayo de 2002, cuyo contenido se da por reproducido.

Segundo: El citado título ha ganado firmeza sin que conste que la/s demandada/s haya satisfecho el importe de la cantidad líquida y determinada objeto de condena, por lo que se formula solicitud de ejecución del mismo.

Tercero: Por el Juzgado Social número Dos de Pamplona, en la ejecución número 113/2001 se ha dictado auto de insolvencia de fecha 29 de junio de 2002, respecto del mismo deudor.

Razonamientos jurídicos:

Unico.-Dispone el artículo 274.3 de la LPL que declarada judicialmente la insolvencia de una empresa, ello constituirá base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones, pudiéndose dictar el auto de insolvencia sin necesidad de reiterar los trámites de averiguación de bienes establecidas en el artículo 248 de esta Ley, debiendo darse audiencia al actor y al Fondo de Garantía Salarial para que en plazo de quince días señalen la existencia de nuevos bienes. Por ello y vista la insolvencia ya dictada contra la ejecutada/s se adopta la siguiente resolución:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

Despachar la ejecución solicitada por Djamel Leghars contra Sormat Industrial, S.L., en base al título mencionado en los hechos de la presente resolución por un principal de 4.058,85 euros, más la cantidad de 236,68 euros en concepto de intereses y 405,89 euros en concepto de costas, las cuales se calculan provisionalmente y sin perjuicio de la posterior liquidación.

Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación, sin perjuicio de su ejecutividad.

Esta es la resolución que propone el Secretario Judicial de este Juzgado, al ilustrísimo señor don Miguel Azagra Solano, Magistrado, Juez de lo Social número Dos, doy fe.

Conforme: El Magistrado, Juez. El Secretario Judicial.

Diligencia: Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 LPL, doy fe".

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Sormat Industrial, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los Estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Pamplona, a doce de septiembre de dos. La Secretario Judicial, firma ilegible.

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