BOLETÍN Nº 116 - 25 de septiembre de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

RESOLUCION de 5 de julio de 2002, del Director General de Estructuras Agrarias e Industrias Agroalimentarias por la que se retira el reconocimiento como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas que le fue concedido conforme al Reglamento (CEE) número 1035/72 a la S.A.T. número 564 NA Frutícola Navarra.

Para la Sociedad Agraria de Transformación número 564 NA Frutícola Navarra, cuyo ámbito de actuación se limita a la Comunidad Foral de Navarra, el 31 de diciembre de 2001 expiró el período transitorio establecido en el artículo 13 del Reglamento (CE) 2200/96 del Consejo, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las frutas y hortalizas, y no ha podido obtener el reconocimiento como organización de productores de frutas y hortalizas de conformidad con el artículo 11 de dicho reglamento, al no haber alcanzado el volumen mínimo de producción comercializable, definido en el artículo 2 del Reglamento (CE) 412/97 de la Comisión.

De conformidad con el Reglamento (CE) 2200/96 del Consejo, de 28 de octubre de 1996 y el Reglamento (CE) 412/97 de la Comisión, de 3 de marzo de 1997.

En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido delegadas por Orden Foral de 13 de septiembre de 1999, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación,

RESUELVO:

1.º Retirar el reconocimiento como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas a la S.A.T. número 564 NA Frutícola Navarra que le fue concedido por Orden Foral de 17 de mayo de 1993, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes, conforme a lo establecido en el Reglamento (CEE) número 1035/72 del Consejo, e inscrita en el Registro de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas con el número 351. Dicha descalificación surtirá efectos desde el 1 de enero de 2002.

2.º Contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de conformidad con los artículos 113 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

3.º Notificar la presente Resolución a la Dirección General de Agricultura del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para su inscripción en el Registro correspondiente, a la Sección de Regulación e Intervención en Mercados Agrarios del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación y al interesado a los efectos oportunos.

4.º Publicar la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, cinco de julio de dos mil dos.-El Director General de Estructuras Agrarias e Industrias Agroalimentarias, Andrés Eciolaza Carballo.

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