BOLETÍN Nº 116 - 25 de septiembre de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

RESOLUCION 1000/2002, de 6 de agosto, del Director General de Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se dispone la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, del Acuerdo de 24 de octubre de 2001, de la Comisión de Ordenación del Territorio (Subcomisión de Urbanismo), por el que se aprobó definitivamente el Plan Municipal de Baztán, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

Mediante Acuerdo de 24 de octubre de 2001, de la Comisión de Ordenación del Territorio (Subcomisión de Urbanismo), se aprobó definitivamente el Plan Municipal de Baztán, condicionando su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a la aportación de un Texto Refundido del documento en el que se incluyeran las determinaciones señaladas en dicho Acuerdo.

Habiéndose aportado el Texto Refundido exigido y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, procede la publicación del citado Acuerdo de aprobación definitiva.

En consecuencia, y en uso de las atribuciones que me han sido delegadas por la Ordena Foral 1028/1999, de 29 de julio, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

RESUELVO:

1.º Disponer la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, del Acuerdo de 24 de octubre de 2001, de la Comisión de Ordenación del Territorio (Subcomisión de Urbanismo), por el que se aprobó definitivamente el Plan Municipal de Baztán, promovido por el Ayuntamiento de dicha localidad.

2.º Suprimir el apartado E (obligación de elaborar un estudio acústico en relación con la futura Variante) del Acuerdo de 24 de octubre de 2001 de la Comisión de Ordenación del Territorio (Subcomisión de Urbanismo), de conformidad con el Acuerdo de 4 de julio de 2002, de la Comisión de Ordenación del Territorio (Subcomisión de Urbanismo).

3.º Señalar que contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra el Plan Municipal se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la presente Resolución, tal como se dispone en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.º Notificar esta Resolución al Ayuntamiento de Baztán y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, seis de agosto de dos mil dos.-El Director General de Ordenación del Territorio y Vivienda, Luis Zarraluqui Ortigosa.

A N E X O

"ACUERDO de 24 de octubre de 2001, de la Comisión de Ordenación del Territorio (Subcomisión de Urbanismo), por el que se aprueba definitivamente el Plan Municipal de Baztán, promovido por el Ayuntamiento.

El Ayuntamiento de Baztán, presentó, con fecha 2 de agosto de 2000, para su aprobación definitiva, el proyecto del Plan Municipal.

El Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, propone la aprobación definitiva del Plan, con las determinaciones que se relacionan en la parte dispositiva de este Acuerdo.

En consecuencia, de conformidad con el artículo 289 e) de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y con el artículo 2.º del Decreto Foral 224/1994, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio de Navarra, la Subcomisión de Urbanismo,

ACUERDA:

1.º Aprobar definitivamente el Plan Municipal de Baztán, condicionando la publicación del acto aprobatorio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a la previa incorporación por el Ayuntamiento de las siguientes determinaciones vinculantes, en un Texto Refundido:

A) Incluir las determinaciones del Informe de 5 de agosto de 1999, de la Confederación Hidrográfica del Norte.

B) Incluir las determinaciones del Informe de 22 de agosto de 2001, del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

C) Clasificar como suelo Urbanizable las siguientes parcelas y Unidades de Ejecución:

-U.E. N2, U.E. 1 y U.E. 20 de Elizondo.

-U.E. N1 y parcelas catastrales 442 y 483 (junto al depósito de agua) de Irurita.

-U.E. 1 de Arizkun.

D) Suprimir el apartado 3 del artículo 38 de la Normativa Urbanística General del Plan Municipal.

E) Incluir el Estudio de Impacto Ambiental de Ruido a que hace referencia el artículo 21.2 del Decreto Foral 135/1989, de 8 de junio, sobre condiciones técnicas a cumplir por las actividades emisoras de ruidos y vibraciones, en la zona afectada por la carretera de circunvalación de Elizondo proyectada.

F) Incluir el ámbito de aplicación del Plan de recuperación del quebrantahuesos así como su normativa.

2.º Señalar que contra dicho Acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o, bien, se impugnado directamente ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, tal como dispone el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar este Acuerdo al Ayuntamiento de Baztán, a los efectos oportunos.

Pamplona, veinticuatro de octubre de dos mil uno.-El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio, Jesús Ascunce Elizaga".

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