BOLETÍN Nº 116 - 25 de septiembre de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Decretos Forales

CORRECCION DE ERRORES del Decreto Foral 129/2002, de 17 de junio, por el que se regulan los plazos máximos de duración de diversos procedimientos tributarios y los efectos producidos por el silencio administrativo.

Habiéndose advertido error en la publicación del Decreto Foral 129/2002, de 17 de junio, por el que se regulan los plazos máximos de duración de diversos procedimientos tributarios y los efectos producidos por el silencio administrativo, publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 104, de 28 de agosto de 2002, se procede a su subsanación mediante la publicación de la correspondiente corrección de errores al referido Decreto Foral.

En la página 7491, primera columna, en la letra i), donde dice "... en aplicación del artículo 62.6 del Reglamento y de la Disposición Adicional Segunda del Reglamento.", debe decir "... en aplicación del artículo 62.7.6.º del Reglamento."

Pamplona, doce de septiembre de dos mil dos.-El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Rafael Gurrea Induráin.

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