BOLETÍN Nº 114 - 20 de septiembre de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

ORDEN FORAL 403/2002, de 6 de agosto, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se autoriza la apertura y funcionamiento de la Escuela de Música "Kíthara" de Pamplona, de titularidad privada.

Vista la solicitud de doña Ana García Noain, en representación de la entidad promotora de la Escuela de Música "Kíthara", para que se autorice su apertura y funcionamiento como escuela específica de música, en la que se impartirán las enseñanzas establecidas en el artículo 39.5 de la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo, no conducentes a la obtención de un título con validez académica.

Visto el informe favorable emitido por el Servicio de Inspección Técnica y de Servicios; y a propuesta del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 22 del Decreto Foral 421/1992, de 21 de diciembre (BOLETIN OFICIAL de Navarra, del 22 de enero de 1993), por el que se establecen las normas básicas por las que se regirá la creación y funcionamiento de las Escuelas de Música y Danza en la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

1.º Se autoriza la apertura y funcionamiento de la Escuela de Música "Kíthara" de Pamplona, de titularidad privada, para impartir exclusivamente las enseñanzas y especialidades que se indican en el apartado 3.º de la presente Orden Foral, con efectos del inicio del curso 2002/2003.

2.º Se deniega la autorización para que la escuela imparta las enseñanzas correspondientes a la especialidad instrumental de Saxofón y las correspondientes a la Iniciación Musical para alumnos de 3 años, debido en el primer caso a que la escuela no cumple con los requisitos exigidos legalmente y, en el segundo caso, a que dichas enseñanzas no están contempladas por el artículo 9.2. del Decreto Foral 421/1992.

3.º Los datos de la escuela que quedarán inscritos en el Registro Específico de Escuelas de Música y Danza del Departamento de Educación y Cultura son los siguientes:

Código de centro: 31013151.

Denominación Genérica: Escuela de Música.

Denominación específica: Kíthara.

Domicilio: Calle Francisco Bergamín, 12. (En las instalaciones del Colegio "San Ignacio"; cuyas aulas de Educación Primaria y de Música, exclusivamente, quedan autorizadas para ubicar los locales de la Escuela de Música).

Localidad: Pamplona.

Municipio: Pamplona.

Titular: Estudios Musicales Kíthara, S.L.

Enseñanzas que se autorizan:

Las establecidas en el artículo 39.5 de la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo, con las siguientes materias:

a) Las correspondientes a la oferta básica, según la ordenación de las mismas establecida en el artículo 9.º, Apartado 1, en sus letras a), b) y c), del Decreto Foral 421/1992, de 21 de diciembre; con las siguientes especialidades dentro del ámbito de la "práctica instrumental": Acordeón, Canto, Flauta, Guitarra, Piano y Violín.

b) Iniciación musical para alumnos de cuatro y cinco años.

4.º Debido a que las instalaciones de la escuela que se autorizan van a ser compartidas con las del Colegio "San Ignacio" de Pamplona, éstas no podrán utilizarse para la finalidad y objeto de la Escuela de Música en el horario en que se impartan las enseñanzas regladas autorizadas al Colegio "San Ignacio". Igualmente, y al mismo tiempo, la Escuela de Música deberá disponer en todo momento, dentro de las instalaciones cedidas por el Colegio "San Ignacio", de las aulas y dependencias suficientes para hacer posible su normal funcionamiento, que le permita impartir las enseñanzas autorizadas con todos los requisitos y garantías exigidos por el Decreto Foral 421/1992, según el plan o proyecto para su funcionamiento que ha servido de base para llevar a cabo la presente autorización de su apertura y funcionamiento como escuela específica de música.

5.º Cualquier cambio en la configuración de la escuela que suponga la modificación de sus instalaciones y de los datos registrales establecidos en el apartado 3.º de esta Orden Foral, deberá ser autorizada por este Departamento, en virtud de lo regulado en el artículo 29 del Decreto Foral 421/1992, antes mencionado.

6.º La presente autorización podrá revocarse en los supuestos contemplados en el artículo 31 del mencionado Decreto Foral.

7.º De conformidad con el artículo 20 del Decreto Foral citado, la entidad titular de la escuela asumirá el sostenimiento económico de las enseñanzas autorizadas la presente Orden Foral.

8.º Contra la presente Orden Foral, que no agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación.

9.º La presente Orden Foral se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

10. Se traslada la presente Orden Foral al titular promotor de la Escuela de Música; al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, al de Enseñanzas de Régimen Especial y Nuevas Tecnologías y al de Centros y Ayudas al Estudio; a la Sección de Centros y de su Financiación, a la de Régimen Administrativo y a la de Ordenación Académica; a la Unidad Técnica de Gestión de la Información, y al Negociado de Autorización y Registro de Centros.

Pamplona, seis de agosto de dos mil dos.-El Consejero de Educación y Cultura, Jesús María Laguna Peña.

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