BOLETÍN Nº 110 - 11 de septiembre de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

ORDEN FORAL 1130/2002, de 18 de julio, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Lodosa, en la unidad U.E.-1, promovido por Talleres Lodosa, S.L.

El Ayuntamiento de Lodosa ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva, con las determinaciones señaladas en la parte dispositiva de esta Orden Foral.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente el expediente de modificación del Plan Municipal de Lodosa, en la unidad U.E.-1, promovido por Talleres Lodosa, S.L., con las siguientes determinaciones:

A) De acuerdo con el artículo 20 de la Ley Foral 10/1994, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, la densidad residencial de ocupación de la unidad UE.1b no superará los mil doscientos setenta y cinco (1.275) metros cuadrados en planta.

B) Corrección de alineaciones de edificación para adaptarlas al informe 2001/66024 del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.

C) Volver a recordar que previamente a la concesión de licencias, en cualquiera de las dos unidades, se solicitará informe a la Confederación Hidrográfica del Ebro, en cuanto a posibles afecciones del barranco de la Tejería, cumplimentando sus determinaciones.

2.º Señalar al Ayuntamiento que previamente a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, deberá remitir un Texto Refundido del expediente, en el que se recojan las determinaciones señaladas en esta Orden Foral.

3.º Señalar que contra esta Orden Foral se podrá interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra el expediente se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente Orden Foral, tal como se dispone en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.º Notificar esta Orden Foral al Ayuntamiento de Lodosa, a Talleres Lodosa, S.L., y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, dieciocho de julio de dos mil dos.-El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, Jesús Javier Marcotegui Ros.

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