BOLETÍN Nº 110 - 11 de septiembre de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Obras y Servicios Públicos

DECRETO FORAL 173/2002, de 22 de julio, por el que se declara de utilidad pública y se aprueba la desafectación de 910 metros cuadrados de terreno comunal del Ayutamiento de Urdain, para su posterior permuta por 910 metros cuadrados de propiedad particular.

El Ayuntamiento de Urdiain solicita la preceptiva aprobación por el Gobierno de Navarra de la desafectación de 910 metros cuadrados de terreno comunal, de los que 350 metros cuadrados corresponden a parte de la parcela 185 del polígono número 1, y los restantes 560 metros cuadrados corresponden a parte de la parcela 180 del polígono número 1, junto al caserío Sarabe.

Se pretende la permuta de los terrenos referidos por 910 metros cuadrados, propiedad de don Lorenzo Irigoyen Galarza, correspondientes a parte de la parcela 200 del polígono número 1, en la ermita Aitziber.

El objeto de dicha permuta es obtener el acceso a la ermita y un pequeño espacio junto a ella.

Por el Ayuntamiento de Urdiain se ha dado estricto cumplimiento a lo establecido sobre la materia objeto de este expediente en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, así como en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra, aprobado mediante el Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintidós de julio de dos mil dos,

DECRETO:

Artículo 1.º Se declara de utilidad pública y se aprueba la desafectación de 910 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Urdiain, de los que,

-350 metros cuadrados corresponden a parte de la parcela 185 del polígono número 1, y los restantes.

-560 metros cuadrados corresponden a parte de la parcela 180 del polígono número 1, junto al caserío Sarabe.

Artículo 2.º Se autoriza al Ayuntamiento de Urdiain a permutar los terrenos desafectados por 910 metros cuadrados, propiedad de don Lorenzo Irigoyen Galarza, correspondientes a parte de la parcela 200 del polígono número 1, en la ermita Aitziber.

El objeto de dicha permuta es obtener el acceso a la ermita y un pequeño espacio junto a ella.

Artículo 3.º La aprobación de dicha desafectación se condiciona a que se dé fiel cumplimiento al pliego de condiciones aprobado al efecto por el Ayuntamiento con fecha doce de diciembre de dos mil, en especial a la cláusula de reversión en caso de que desaparezcan o se incumplan los fines que motivaron la desafectación. Dicha cláusula deberá reflejarse en el documento público que formalice el contrato y en la posterior inscripción en el Registro de la Propiedad.

Artículo 4.º El Ayuntamiento de Urdiain deberá proceder a la realización del deslinde de los terrenos objeto de este expediente, reflejándolo en la cartografía catastral oficial y dando cuenta de la modificación al Servicio de Riqueza Territorial de Hacienda Tributaria de Navarra y al Servicio de Estructuras Agrarias del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

DISPOSICION FINAL

Este Decreto Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, veintidós de julio de dos mil dos.-El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.-El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ignacio Javier Martínez Alfaro.

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