BOLETÍN Nº 11 - 25 de enero de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

MIRANDA DE ARGA

Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la Organización y Funcionamiento del Registro Municipal de Parejas Estables del Ayuntamiento de Miranda de Arga

El Pleno del Ayuntamiento de Miranda de Arga, en sesión celebrada el día 29 de junio de 2001, aprobó inicialmente la Ordenanza reguladora de la Organización y Funcionamiento del Registro de Parejas Estables del Ayuntamiento de Miranda de Arga.

El anuncio de dicha aprobación apareció publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 124, de 12 de octubre de 2001.

Transcurrido el período de información pública sin que se hayan formulado reclamaciones, reparos u observaciones a dicha Ordenanza, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49, c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, según nueva redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, se hace constar que la referida Ordenanza ha quedado definitivamente aprobada conforme al texto que se recoge a continuación.

Miranda de Arga, a veinte de noviembre de dos mil uno. La Alcaldesa, María Teresa Iradier Ibáñez.

ORDENANZA REGULADORA DE LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO MUNICIPAL DE PAREJAS ESTABLES DEL AYUNTAMIENTO DE MIRANDA DE ARGA

Artículo 1.º El Registro Municipal de Parejas Estables del Ayuntamiento de Miranda de Arga tiene carácter administrativo y en él podrán inscribirse las uniones a que se hace referencia en el artículo siguiente, así como su terminación, en la forma y con los requisitos que se establecen en la presente Ordenanza.

Art. 2.º A efectos de aplicación de esta Ordenanza, y de conformidad a como lo dispone la Ley Foral 6/2000, de 3 de julio, para la igualdad jurídica de las Parejas Estables, se considera pareja estable la unión libre y pública, en una relación de afectividad análoga a la conyugal, con independencia de su orientación sexual, de dos personas mayores de edad o menores emancipados sin vínculo de parentesco por consanguinidad o adopción en línea recta o colateral hasta el segundo grado, siempre que ninguna de ellas esté unida por un vínculo matrimonial o forme pareja estable con otra persona.

Se entenderá que la unión es estable cuando los miembros de la pareja hayan convivido maritalmente, como mínimo, un período ininterrumpido de un año, salvo que tuvieran descendencia común, en cuyo caso bastará la mera convivencia, o salvo que hayan expresado su voluntad de constituir una pareja estable en documento público.

Art. 3.º Podrán instar su inscripción en el Registro todas aquellas parejas, con independencia de su orientación sexual, que por su libre y pleno consentimiento hayan constituido una unión de las expresadas en el artículo anterior.

Al menos uno de los miembros de la unión deberá estar empadronado en el Ayuntamiento de Miranda de Arga por su condición de residente habitual en el mismo.

La existencia de pareja estable y el transcurso del año de convivencia podrán acreditarse a través de cualquier medio de prueba admitido en Derecho.

Asimismo ambos miembros deberán presentar declaración jurada de no estar casados ni inscritos en otro Registro de Parejas Estables.

Art. 4.º La primera inscripción de cada pareja se producirá mediante comparecencia personal y conjunta de las dos personas ante el funcionario encargado del Registro, para declarar la existencia entre ellas de una unión de las definidas en el artículo 2.º de esta Ordenanza.

Art. 5.º No se procederá a practicar inscripción alguna si uno de los comparecientes es menor de edad no emancipado o si son entre sí parientes por consanguinidad o adopción en línea recta o colateral hasta el segundo grado.

Tampoco podrá llevarse a efecto la inscripción si alguno de los comparecientes estuviere afectado por deficiencias o anomalías psíquicas. En este caso deberá aportar dictamen médico de su aptitud para consentir en la constitución de una unión de las definidas en el artículo 2.º de esta Ordenanza.

Asimismo se denegará la inscripción si alguno de los comparecientes estuviese ligado por vínculo matrimonial, forme pareja estable con otra persona o fuese declarado incapaz para contraer matrimonio.

Art. 6.º En el primer asiento podrán hacerse constar cuantas circunstancias relativas a su unión manifiesten los comparecientes. También se podrán inscribir, mediante transcripción literal, los convenios reguladores de las relaciones personales y patrimoniales entre los miembros de la unión.

Los contenidos indicados en el párrafo anterior podrán ser objeto de inscripción en ulteriores comparecencias conjuntas de la pareja.

No obstante, las anotaciones que se refieran a la terminación o extinción de la unión, podrán practicarse a instancia de sólo uno de los miembros de la misma.

Art. 7.º En el Ayuntamiento de Miranda de Arga todas las uniones inscritas conforme a los requisitos exigidos en la presente Ordenanza recibirán, en aquellas materias que sean de la propia competencia del Ayuntamiento, el mismo tratamiento que las uniones matrimoniales.

Art. 8.º El Registro de Parejas Estables estará a cargo de la Secretaría General del Ayuntamiento. Las inscripciones que se practiquen y las certificaciones que se expidan serán totalmente gratuitas.

Art. 9.º El Registro se materializará en un Libro General en el que se practicarán las inscripciones a que se refieren los artículos precedentes. El libro estará formado por hojas móviles, foliadas y selladas, y se encabezará y terminará con las correspondientes diligencias de apertura y cierre.

Art. 10. La primera inscripción de cada pareja tendrá el carácter de inscripción básica y al margen de la misma se anotará todo otro asiento que se produzca con posterioridad en el Libro General principal relativo a esa unión.

Art. 11. El Registro tendrá también un Libro Auxiliar, ordenado por apellidos de los inscritos en el que se expresará el número de las páginas del Libro General en las que existan anotaciones que les afecten.

Art. 12. El medio de publicidad formal del Registro es la expedición de certificaciones de los asientos a instancia de cualquiera de los miembros de la unión o de los Jueces y Tribunales de Justicia. El acceso al Registro se efectuará de acuerdo con las normas generales vigentes al respecto.

DISPOSICION ADICIONAL UNICA

Esta Ordenanza será revisada si se produjera cualquier cambio legislativo que afecte a la materia sobre la que versa.

ANEXO I

En el Ayuntamiento de Miranda de Arga, en la Secretaría municipal el día ..........., comparecen conjuntamente:

Don/doña ..............., natural de .............., con domicilio y empadronamiento en .............., mayor de edad (menor emancipado, según documentación que aporta) y con D.N.I. número ..........., y don/doña ................, natural de ..............., con domicilio y empadronamiento en ..............., mayor de edad (menor emancipado, según documentación que aporta) y con D.N.I. número ...................,

Y manifiestan:

Que desean ser inscritos/as como "pareja estable no casada" en el Registro correspondiente de ese Ayuntamiento y, conforme a la Ordenanza reguladora y a tal efecto,

Declaran:

Primero: Que como consecuencia de la convivencia prevista en dicha Ordenanza, fijan su domicilio común en .................... (se recuerda a don/doña .................. la obligación de empadronarse en el municipio del domicilio más habitual de conformidad al artículo 15 L.B.R.L.).

Segundo: Que ninguno de ellos está unido por vínculo matrimonial ni entre los mismos ni con otras personas.

Tercero: Que entre los comparecientes no existe parentesco por consanguinidad o adopción en línea recta ni por consanguinidad hasta el segundo grado inclusive colateral.

Cuarto: Que ninguno de ellos está afectado por deficiencias o anomalías psíquicas ni declarado incapaz para contraer matrimonio.

Quinto: Que no desean se anoten en el Registro convenios reguladores de relaciones personales y patrimoniales entre ellos.

Sexto: Que autorizan la comprobación de datos en el Padrón Municipal de Miranda de Arga a estos efectos.

Y declaran bajo juramento que ninguno de ellos está inscrito en el Registro de este Municipio ni en ningún otro de similar contenido y objeto en localidad alguna.

Por todo lo cual, solicitan sean inscritos en el referido Registro Municipal de Parejas Estables no casadas en este Ayuntamiento de Miranda de Arga.

Fdo: ........................ Fdo: ........................

ANEXO II

En el Ayuntamiento de Miranda de Arga, el día ................., comparecen don/doña ...................., con D.N.I. número .........., y don/doña ...................., con D.N.I. número .........., y manifiestan que, de conformidad con lo previsto en la Ordenanza municipal reguladora de la Organización y Funcionamiento del Registro Municipal de Parejas Estables no casadas, desea dar fin o extinguir la relación de pareja estable que fue incorporada al Registro Municipal de referencia, según consta en el mismo.

Por todo lo cual, solicitan se dé por terminada o extinguida la referida inscripción de unión.

Código del anuncio: A0112870