BOLETÍN Nº 11 - 25 de enero de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

OLAZTI/OLAZAGUTIA

Notificación de resolución

No habiendo podido ser notificada la siguiente resolución dictada por esta Alcaldía, en relación con la aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución S-3-a, se procede a la publicación de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Olazagutía:

"Con fecha 10 de octubre de 2001, el Alcalde Presidente de Olazti/Olazagutía ha dictado la siguiente:

Resolución de Alcaldía:

Visto que el Plan Municipal de Olazti/Olazagutía fue definitivamente aprobado con fecha y publicado el texto de su normativa urbanística en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, con fecha 29 de septiembre de 1999.

Considerando que según el artículo 139 de la Ley Foral 10/1994, de Ordenación, detallada suficiente es presupuesto suficiente la aprobación del Plan Municipal para poder proceder a la ejecución del mismo.

Considerando que el Plan Municipal de Olazti/Olazagutía, ordena detalladamente el suelo urbano y cumple lo dispuesto en el artículo 80 de la citada Ley Foral 10/1994, en lo que a ordenación de suelo urbanizable se refiere, delimitando las Unidades de Ejecución y estableciendo el sistema de cooperación para la ejecución del planeamiento, entre otros en los siguientes Sectores y Unidades de ejecución del Plan Municipal: UE-16, UE-15, UE-20 y S-3.

Considerando que mediante Decreto de Alcaldía se aprobó definitivamente la delimitación de Unidades de Ejecución del Sector S-3, dando lugar a las Unidades de Ejecución S-3 y S-3-b.

Considerando lo establecido en lo dispuesto en el artículo 166 de la Ley Foral 10/1994, el sistema de cooperación requiere la reparcelación de los terrenos comprendidos en la correspondiente Unidad de Ejecución.

Considerando lo establecido en los artículos 101 y siguientes del Reglamente de Gestión,

Resuelvo:

1.-Iniciar de oficio el expediente de reparcelación del Sector S-3-a.

2.-Recabar del Registro de la Propiedad certificación de titularidad y cargas de todas las fincas incluidas en la Unidad de Reparcelación.

3.-Notificar individualmente a los propietarios incluidos en las Unidades de Ejecución arriba citadas, el inicio del expediente de reparcelación.

4.-Requerir a los citados propietarios y demás titulares de derechos afectados por la reparcelación la exhibición, en el plazo de 10 días, de los títulos que posean y la declaración de situaciones jurídicas que conozcan y afecten a sus fincas, comunicándoles la obligación que tienen de hacerlo.

5.-Publicar el acuerdo de inicio de expediente de reparcelación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en prensa.

Contra la presente resolución podrán interponer los siguientes recursos:

1.º Potestativamente en el plazo de un mes recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó o bien recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra.

2.º Recurso contencioso - administrativo en el plazo de dos meses, a contar del siguiente a su notificación, ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, salvo en los supuestos previstos en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, que se presentaran ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo".

Olazti/Olazagutía, doce de diciembre de dos mil uno. El Alcalde Presidente, Luis A. Besga Baltierra.

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