BOLETÍN Nº 105 - 30 de agosto de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

P A M P L O N A

Incoación de expediente sancionador por la no ejecución de obras requeridas en edificio de la calle Estafeta, número 45, de Pamplona

El Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 25 de junio de 2002, adoptó la siguiente resolución:

"Vista la orden de ejecución realizada a los propietarios del edificio número 45, de la calle Estafeta, de Pamplona, mediante resolución del Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda RUV 28-Nov.-01 (7/UV), visto que ha transcurrido el plazo concedido al efecto sin que las obras requeridas se hayan ejecutado, tal y como se comprobó en la visita de inspección realizada el día 7 de junio de 2002 por los Servicios Técnicos Municipales, vistos los artículos 248.5 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, el Decreto Foral 85/1995, de 3 de abril y los artículos 95 y siguientes de la Ley 30/1992, del Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común,

He resuelto:

1.-Incoar expediente sancionador a los propietarios del edificio número 45, de la calle Estafeta, de Pamplona, como presuntos responsables de un incumplimiento de su obligación de conservar, mantener y reparar la edificación, que sin perjuicio de lo que resulte del procedimiento sancionador, es susceptible de ser calificado como una infracción urbanística leve, a tenor de lo dispuesto en el artículo 248.5 de la Ley Foral 10/1994, pudiendo ser sancionados con multas de 300,51 a 6.010,12 euros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 253 de la misma norma.

2.-Designar, en aplicación del artículo 73.3 del Decreto Foral 85/1995, a doña Esther Azanza Fernández, Secretaria Técnica del Area de Urbanismo y Vivienda, Instructora del expediente incoado. De conformidad con el artículo 28 de la Ley 30/1992, los interesados podrán promover la recusación de la Instructora nombrada.

3.-Adjuntar el pliego de cargos redactado por la Instructora dentro del procedimiento sancionador en el que se reflejan los hechos, la presunta infracción y la sanción que en su caso proceda. En el plazo de 15 días a partir de la recepción del pliego de cargos, los interesados podrán alegar y presentar cuanto estimen oportuno en defensa de su derecho.

4.-Apercibir a los propietarios de que la no adopción de las obras requeridas en el plazo de 90 días desde el recibo de la presente resolución, podrá dar lugar a la imposición de multas coercitivas reiteradas, por lapsos de tiempo mensuales, por cuantía de 601,01 euros el primer mes, 1.202,02 el segundo, 1.803,04 el tercero, 2.404,05 el cuarto y 3.005,06 el quinto y sucesivos meses, o a ejecución subsidiaria por parte de este Ayuntamiento, girándose en este caso las tasas correspondientes por importe equivalente al 125 por ciento de los gastos que se originen.

Según lo establecido en el artículo 10.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios que se opongan o demoren la ejecución de las órdenes dictadas por la autoridad competente responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse en vía administrativa.

5.-Girar una tasa de 80,05 euros, de acuerdo con la Ordenanza número 11 (BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 158, de 30 de diciembre de 2001), reguladora de las tasas por inspecciones previstas en Ordenanzas y acuerdos municipales.

Dicha cantidad deberá hacerse efectiva en Depositaría municipal, en el plazo de 30 días hábiles a partir de la notificación de la presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin haberse satisfecho, podrán hacerse efectivas, en tanto no sean providenciadas de apremio, abonando los intereses de demora correspondientes.

6.-Notificar la presente a los propietarios del número 45, de la calle Estafeta".

Visto el expediente sancionador incoado en el Area de Urbanismo y Vivienda a los propietarios del edificio número 45, de la calle Estafeta y teniendo en cuenta las actuaciones previas realizadas y los informes que obran en el expediente, en cuanto Instructora del procedimiento administrativo sancionador mencionado, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 74.1 del Decreto Foral 85/1995, de desarrollo parcial de la Ley Foral 10/1994 de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, procedo a formular el siguiente,

Pliego de cargos:

1.º Girada visita de inspección en fecha 7 de junio de 2002, se comprueba que no se han realizado las obras requeridas por resolución de 28 de noviembre de 2001.

2.º La omisión citada puede ser constitutiva de una infracción urbanística leve en función de lo dispuesto en el artículo 248.5 de la Ley Foral 10/1994, por cuanto supone un incumplimiento de la obligación de conservar y mantener la edificación. En virtud del artículo 253 a) de la citada Ley Foral, puede imponerse una sanción de 300,51 a 6.010,12 euros.

3.º No se aprecian circunstancias modificativas de la responsabilidad.

4.º Se propone, una vez contemplada la clase de infracción y la graduación de la misma, la imposición de una sanción de 2.203,71 euros.

5.º Comunicar a los presuntos responsables que el órgano competente para la resolución del expediente es el Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda, en virtud de lo dispuesto en la Disposición de Alcaldía de 5 de julio de 1999, en relación con el artículo de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local y el artículo 13 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6.º De conformidad con lo dispuesto en el artículo 74.1 del Decreto Foral 85/1995, de 3 de abril, los presuntos responsables podrán, en el plazo de 15 días desde la recepción del presente pliego de cargos, presentar alegaciones, proponer pruebas y aportar documentos e informaciones que estime oportunas en la defensa de su derecho, debiendo hacerlo mediante escrito presentado en el Registro General del Ayuntamiento de Pamplona o en cualquiera otro de los previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Transcurrido dicho plazo y vistas las alegaciones presentadas, se dictará resolución definitiva.

7.º Notifíquese este pliego de cargos a los presuntos responsables.

Pamplona, a uno de julio de dos mil dos. La Instructora, Esther Azanza Fernández.

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

-Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

-Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 y 59.5 apartado a) de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, dos de julio de dos mil dos. La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.

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