BOLETÍN Nº 105 - 30 de agosto de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

P A M P L O N A

Requerimiento de obras en edificio de la calle Mayor, número 70, de Pamplona

El Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 13 de junio de dos mil dos, adoptó la siguiente resolución:

"Visto el informe, de fecha 21 de mayo del año 2002, de la visita de inspección efectuada por los Servicios Técnicos municipales de la Oficina de Rehabilitación de Viviendas al edificio número 70, de la calle Mayor de Pamplona, mediante la que se ha comprobado que presenta los siguientes desperfectos:

-Deficiente estado de conservación de las bajantes de aguas pluviales que discurren por las fachadas de las calles Mayor y San Lorenzo, existiendo roturas puntuales, embocaduras desplazadas fuera de su sitio, y faltando algunos tramos.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 224 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

He resuelto:

1.-Ordenar a los propietarios del edificio número 70, de la calle Mayor de Pamplona, que procedan en el plazo de cuarenta y cinco días a la ejecución de las siguientes obras:

-Revisión de las bajantes existentes, sustituyendo los tramos con roturas, reponiendo los que faltan, y corrigiendo embocaduras.

-Los nuevos tramos instalados serán de zinc en plantas elevadas y de fundición en planta baja.

2.-Apercibir a los propietarios del citado inmueble que, de no efectuar las obras requeridas en el punto anterior en el plazo establecido, podrá el excelentísimo Ayuntamiento actuar en ejecución sustitutoria a partir del día siguiente en que venza el plazo, girándose en este caso las tasas correspondientes, por importe equivalente al 125 por ciento de los gastos que se originen, o iniciar la imposición de multas coercitivas por lapsos mensuales en cuantía de 601,01 euros a 3.005,06 euros.

Según lo previsto en el artículo 10.2. de la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios que se opongan o demoren la ejecución de las órdenes dictadas, responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse.

3.-Apercibir igualmente a los propietarios, que la inejecución de las obras requeridas en el plazo indicado, supondrá además la incoación de expediente sancionador, como presuntos responsables de una falta leve tipificada en el artículo 248.5 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sancionada con multa de 300,51 euros a 6.010,12 euros.

4.-Indicar a los propietarios que estas obras de reparación son parte de las necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio descrito al vigente Decreto Foral sobre financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda.

Para la ejecución de estas obras podrán acogerse a las ayudas de rehabilitación, siempre que se ejecuten junto con aquéllas necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio, a cuyo efecto pueden informarse en la Oficina Municipal de Rehabilitación de Viviendas, sita en la calle Eslava, número 1".

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

-Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

-Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 y 59.5 apartado a) de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, dos de julio de dos mil dos. La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.

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