BOLETÍN Nº 105 - 30 de agosto de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

P A M P L O N A

Orden de demolición por ejecución de obras sin licencia no legalizables en calle Redín, números 2 y 4 de Pamplona

El Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 13 de junio de 2002, adoptó la siguiente resolución:

"Vista la resolución del Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda RUV 03-Jun.-02 (27/UV), por la que se deniega la legalización de las obras realizadas por doña Simonena Gorricho Alonso y don Luis Olagoitia Marcaida en el elemento que supera la alineación interior en calle Redín, número 2-D, los informes obrantes en el expediente y el artículo 229 de la Ley Foral 10/1994 de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

He resuelto:

1.-Ordenar a los propietarios del edificio de la calle Redín 2 y 4, la demolición de la edificación a la que se le asigna el régimen de Inadecuación Urbanística y supera la alineación interior del edificio, por ser las obras realizadas ilegalizables.

Previamente se deberán realizar los trabajos necesarios para dotar de acceso a las viviendas afectadas por la demolición de la escalera actual. Los nuevos accesos se ejecutarán dentro de las alineaciones establecidas por el PEPRI del Casco Antiguo en vigor. Antes del inicio de los trabajos presentarán proyecto que defina las obras a realizar.

Las obras de demolición deberán comenzar en el plazo de dos meses y finalizar en el plazo de un mes desde su inicio.

Los interesados disponen de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente a la recepción de la presente resolución, en virtud de lo dispuesto en el artículo 84.2 de la Ley 30/1922, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para alegar aquello que estimen oportuno en defensa de sus derechos y aportar los documentos que estimen pertinentes, transcurrido el cual, se dictará la resolución que corresponda.

Según lo previsto en el artículo 10.2 de la Ley de propiedad horizontal, los propietarios que se opongan o demoren injustificadamente la ejecución de las órdenes dictadas por la autoridad competente, responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse en vía administrativa.

2.-Apercibir a los propietarios del edificio de la calle Redín 2 y 4, que la inejecución de las obras o el incumplimiento de los plazos señalados dará lugar a la imposición de multas coercitivas reiteradas por lapsos de tiempo mensuales por cuantía de 601,01 euros el primer mes, 1.202,02 el segundo, 1.803,04 el tercero, 2.404,05 el cuarto y 3.005,06 el quinto y sucesivos meses".

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

-Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

-Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 y 59.5 apartado a) de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, uno de julio de dos mil dos. La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.

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