BOLETÍN Nº 101 - 21 de agosto de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

P A M P L O N A

Orden de retirada de cartel instalado en local de calle Tejería, número 35 bajo, e incoación de expediente sancionador

El Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 17 de mayo de dos mil dos, adoptó la siguiente resolución:

"Habiéndose comprobado en visita de inspección que en local de planta baja del edificio número 35, de la calle Tejería, dedicado a la actividad de Bar, se ha instalado sin licencia en el exterior del local un cartel, en banderola, el cual es ilegalizable por cuanto incumple el artículo 75 de las Ordenanzas del P.E.P.R.I. del Casco Antiguo y el artículo 128 de la Ordenanza de la Edificación del P.G.O.U. de Pamplona, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 230, 248.7, 253 a), y 254 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

He resuelto:

1. Ordenar a don David Martínez Fernández, don J. Goicoechea Guembe y don J.M. López García, a quienes se considera responsables de la instalación del cartel, que en el plazo máximo de 48 horas procedan a retirarlo, advirtiéndoles que, si transcurrido dicho plazo no lo hubieren eliminado, el Ayuntamiento procederá a imponer multas coercitivas reiteradas por lapsos mensuales en cuantía de 601,01 euros a 3.005,06 euros, o a retirarlo a través de los Servicios Municipales, sin más trámite, girando a su cargo las tasas por ejecución subsidiaria por el 125 por ciento de los gastos que se ocasionen.

2. Incoar expediente sancionador a don David Martínez Fernández, don J. Goicoechea Guembe y don J.M. López García, como presuntos responsables de la instalación de un cartel sin licencia en el exterior del local de planta baja, del edificio número 35, de la calle Tejería, dándoles traslado del pliego de cargos que se redacte.

3. Señalar que tal hecho pudiera constituir una infracción urbanística tipificada como leve en el artículo 248.7 de la Ley Foral 10/1994, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, pudiendo ser sancionada con multa de 300,51 euros a 6.010,12 euros, de conformidad con lo previsto en el artículo 253 de la citada Ley, debiendo graduarse en función de la localización, tamaño, incidencia en el medio físico y en el entorno, con agravamiento de la sanción en el caso de carteles instalados en conjuntos histórico-artísticos, espacios naturales y zonas verdes.

4. Designar a doña Esther Azanza Fernández, Secretaria Técnica del Area de Urbanismo y Vivienda, Instructora del expediente incoado. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán promover la recusación de la Instructora nombrada.

5. Adjuntar el pliego de cargos redactado por la Instructora dentro del procedimiento sancionador en el que se reflejan los hechos, la presunta infracción y la sanción que en su caso proceda. En el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la recepción de la presente resolución, los expedientados podrán proponer alegaciones y pruebas, aportar documentos e informaciones en defensa de su derecho.

6. Girar una tasa de 80,05 euros, de acuerdo con la Ordenanza número 11 (BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 158, de 30 de diciembre de 2001), reguladora de las tasas por inspecciones previstas en Ordenanzas y acuerdos municipales.

Dicha tasa deberá hacerse efectiva por los expedientados en Depositaría Municipal, en el plazo de 30 días hábiles, a partir de la notificación de la presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin haberse satisfecho, podrá hacerse efectiva, en tanto no sea providenciada de apremio, abonando los intereses de demora correspondientes".

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

-Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

-Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 y 59.5 apartado a) de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, catorce de junio de dos mil dos. La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.

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