BOLETÍN Nº 93 - 1 de agosto de 2001

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social número Tres de Navarra

Cédula de notificación

Doña Lourdes García Ruiz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Tres de Navarra, hago saber:

Que en el procedimiento ejecución 66/2001 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de doña Eva Ortega Morales contra la empresa Instalaciones Petrolíferas, S.L., sobre ordinario, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Primero: Despachar la ejecución solicitada por doña Eva Ortega Morales contra Instalaciones Petrolíferas, S.L. por un importe de 899.271 pesetas de principal mas 89.927 pesetas y 67.445 pesetas para costas e intereses que se fijan provisionalmente, sin perjuicio de posterior liquidación.

Segundo: Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos, procédase a la averiguación de los mismos y a tal fin, expídanse los correspondientes oficios y mandamientos al señor Jefe Provincial de Tráfico, ilustrísimo Alcalde, Registros de la Propiedad de Pamplona y también al señor Director del Departamento de Economía y Hacienda del Gobierno de Navarra, a fin de que comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Foral se adeuda alguna cantidad al ejecutado por el concepto de devolución por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre el Valor Añadido, o cualquier otro.

Y asimismo para que todos ellos, y sin perjuicio de las exigencias legales, en el plazo máximo de cinco dias, faciliten la relación de todos los bienes o derechos del deudor de que tenga constancia. Advirtiéndose a las Autoridades y funcionarios requeridos de las responsabilidades derivadas del incumplimiento injustificado de lo acordado (artículos 75.3 y 238.3 de la LPL).

En caso positivo, se acuerda el embargo de los posibles vehículos propiedad de la ejecutada, interesándose a su vez, la correspondiente anotación y consiguiente certificación, así como el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Foral al ejecutado, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesándose la remisión de las mismas a la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta por este Juzgado en el Banco Bilbao Vizcaya.

Asimismo, se acuerda el embargo de todos los ingresos que se produzcan y de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos, así como de cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en los que la correspondiente entidad financiera actuar como depositario o mero intermediario, hasta cubrir el importe del principal adeudado e intereses y costas calculados. Líbrese las oportunas comunicaciones a las entidades financieras del domicilio de la apremiada, para la retención y transferencia de los saldos resultantes hasta el límite de la cantidad objeto de apremio, y advirtiéndoles de las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes auxilien o se confabulen con el apremiado para ocultar o sustraer alguna parte de sus bienes o créditos (artículos 519 y ss del CP y 893 Código de Comercio), e indicándosele que debe contestar al requerimiento en el plazo máximo de cinco dias hábiles a contar desde su notificación, bajo los apercibimientos derivados de lo establecido en los artículos 75 y 238,3 LPL.

Tercero: Advertir y requerir al ejecutado de las obligaciones y requerimientos que se le efectúan en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto de esta resolución y de las consecuencias de su incumplimiento que se detallan en el razonamiento sexto y que podrán dar lugar a la imposición de apremios pecuniarios en cuantía de hasta 50.000 ptas. por cada día de retraso.

Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco dias hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Instalaciones Petrolíferas, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. En Pamplona, a dieciocho de julio de dos mil uno. La Secretaria Judicial, Lourdes García Ruiz.

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