BOLETÍN Nº 93 - 1 de agosto de 2001

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Obras y Servicios Públicos

DECRETO FORAL 170/2001, de 25 de junio, por el que se aprueba la desafectación de 225 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Zizur Mayor, para su posterior cesión de uso.

El Ayuntamiento de Zizur Mayor solicita la preceptiva aprobación por el Gobierno de Navarra de la desafectación de 225 metros cuadrados de terreno comunal, correspondientes a parte de la parcela 746 del polígono número 2.

El objeto de la desafectación propuesta es la cesión de uso de los terrenos referidos a las distintas empresas de telecomunicación, por un plazo de 5 años, prorrogables por periodos de la misma duración, mediante el cobro de un canon anual, para acumular en un solo espacio las distintas estaciones bases de telecomunicaciones, compartiendo entre ellas los elementos comunes como son: Acceso, cercado y suministro de energía eléctrica, etc.

Por el Ayuntamiento de Zizur Mayor se ha dado estricto cumplimiento a lo establecido sobre la materia objeto de este expediente en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, así como en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra, aprobado mediante el Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veinticinco de junio de dos mil uno,

DECRETO:

Artículo 1.º Se aprueba la desafectación de 225 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Zizur Mayor, correspondientes a parte de la parcela 746 del polígono número 2.

Artículo 2.º Se autoriza al Ayuntamiento de Zizur Mayor a la cesión de uso del terreno desafectado a las distintas empresas de telecomunicaciones, por un plazo de 5 años, prorrogables por periodos de la misma duración, mediante el cobro de un canon anual, para acumular en un solo espacio las distintas estaciones bases de telecomunicaciones, compartiendo entre ellas los elementos comunes como son: acceso, cercado y suministro de energía eléctrica, etc.

Artículo 3.º La aprobación de dicha desafectación se condiciona a que se dé fiel cumplimiento al pliego de condiciones aprobado al efecto por el Ayuntamiento de Zizur Mayor, en especial a la cláusula de reversión en caso de que desaparezcan o se incumplan los fines que motivaron la desafectación.

Artículo 4.º El Ayuntamiento de Zizur Mayor deberá proceder a la realización del deslinde de los terrenos objeto de este expediente.

DISPOSICION FINAL

Este Decreto Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, veinticinco de junio de dos mil uno.-El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.-El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ignacio Javier Martínez Alfaro.

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