BOLETÍN Nº 93 - 1 de agosto de 2001

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Obras y Servicios Públicos

DECRETO FORAL 169/2001, de 25 de junio, por el que se aprueba la desafectación de 62.228 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Viana, para su posterior cesión de uso.

El Ayuntamiento de Viana solicita la preceptiva aprobación por el Gobierno de Navarra de la desafectación de 62.228 metros cuadrados de terreno comunal, correspondientes a parte de las parcelas 47 y 153 del polígono número 1, en el paraje "Alto de los Bojes".

El objeto de la desafectación propuesta es la cesión de uso de los terrenos referidos a Energía Hidroeléctrica de Navarra, S.A., por un plazo de 75 años, mediante el cobro de un canon anual, para la instalación de un parque eólico.

Por el Ayuntamiento de Viana se ha dado estricto cumplimiento a lo establecido sobre la materia objeto de este expediente en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, así como en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra, aprobado mediante el Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veinticinco de junio de dos mil uno,

DECRETO:

Artículo 1.º Se aprueba la desafectación de 62.228 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Viana, correspondientes a parte de las parcelas 47 y 153 del polígono número 1, en el paraje "Alto de los Bojes".

Artículo 2.º Se autoriza al Ayuntamiento de Viana a la cesión de uso del terreno desafectado a Energía Hidroeléctrica de Navarra, S.A., por un plazo de 75 años, mediante el cobro de un canon anual, para la instalación de un parque eólico.

Artículo 3.º La aprobación de dicha desafectación se condiciona a que se dé fiel cumplimiento al pliego de condiciones aprobado al efecto por el Ayuntamiento de Viana, en especial a la cláusula de reversión en caso de que desaparezcan o se incumplan los fines que motivaron la desafectación.

Artículo 4.º El Ayuntamiento de Viana deberá proceder a la realización del deslinde de los terrenos objeto de este expediente.

DISPOSICION FINAL

Este Decreto Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, veinticinco de junio de dos mil uno.-El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.-El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ignacio Javier Martínez Alfaro.

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