BOLETÍN Nº 93 - 1 de agosto de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

P A M P L O N A

Notificación de Resolución

No habiendo podido ser notificada resolución de la Concejal Delegada de Economía y Función Pública de fecha 5 de junio de 2001 (13/EC) por daños a la propiedad municipal, se procede a su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo y demás legislación aplicable.

Visto el parte formulado por Policía Municipal, instruido en el expediente A/2001/63, sobre daños causados el día 4 de mayo de 2001 en tres vallas de protección, por el vehículo matrícula NA-6905-N, conducido por doña Ana María Larraga Garciandia y asegurado en la Compañía Zurich, he resuelto:

1. Incoar expediente de requerimiento de abono de daños con objeto de determinar la persona responsable de los mismos, que ascienden a la cantidad de 73.293 pesetas (440,5 euros).

2. Conceder a los interesados un plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la recepción de la presente resolución, para que, en vista de la documentación que se adjunta, puedan formular alegaciones y presentar documentos y justificaciones que estimen pertinentes, debiendo hacerlo mediante escrito presentado en el Registro general del Ayuntamiento de Pamplona o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Las cantidades expresadas en euros en el presente acuerdo lo son a título informativo.

Asimismo, se le informa que el plazo máximo para tramitar y resolver el procedimiento será de tres meses a contar desde la fecha de esta resolución.

Transcurrido dicho plazo sin recibir notificación de la resolución, y salvo intento de notificación debidamente acreditado en el expediente, se producirá la caducidad del procedimiento, con archivo de las actuaciones, sin perjuicio de lo que establezca la resolución expresa que en ese plazo haya podido dictarse.

El transcurso del plazo para resolver el procedimiento y notificar la resolución quedará suspendido, en los términos en el artículo 42.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, cuando le sea requerida la subsanación de deficiencias y la aportación de documentos y otros elementos de juicio.

Pamplona, dieciocho de junio de dos mil uno. La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.

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