BOLETÍN Nº 8 - 17 de enero de 2001

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

RESOLUCION 1207/2000, de 15 de diciembre, del Director General de Educación, del Departamento de Educación y Cultura, por la que se resuelve provisionalmente la Convocatoria de Becas y Ayudas para la Adquisición de Libros de Texto, del curso 2000/2001 en los niveles de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.

Visto el informe del Director del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio sobre la campaña de ayudas para la Adquisición de Libros de Texto, correspondientes al curso 2000/2001, aprobada por Orden Foral 204/2000, de 25 de mayo y publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 70, de 9 de junio de 2000.

En aplicación de la norma 7.ª1 de dicha Orden Foral y en ejercicio de las atribuciones que tengo delegadas en virtud de la Orden Foral 399/1999, de 30 de Septiembre, del Consejero de Educación y Cultura:

HE RESUELTO:

1.º Reconocer provisionalmente el derecho a percepción de ayuda para la adquisición de libros de texto, sin perjuicio de las revisiones a que hubiera lugar, por los estudiantes que se relacionan en el Anexo I.

2.º Denegar provisionalmente las solicitudes de ayudas por los estudiantes que figuran en el Anexo II de la presente Resolución por incumplimiento de los requisitos de la Convocatoria, hasta tanto no se resuelvan las alegaciones y revisiones que se presenten en plazo y forma reglamentarios, significando que, a medida que se compruebe la corrección de la solicitud y de la documentación obtenida, se efectuará su concesión y abono, si procede.

3.º Las percepciones y cuantía de las ayudas para la adquisición de libros de texto, son las que se señalan en la norma 3.ª de la Convocatoria sin perjuicio de lo dispuesto en la norma 8.ª2 de la misma Convocatoria.

4.º Autorizar al Servicio de Centros y Ayudas al Estudio la realización de las gestiones oportunas en orden a la notificación de las becas y ayudas concedidas y denegadas a los interesados y a los centros docentes, comprobaciones administrativas pertinentes y expedición de órdenes de pago en favor de los centros docentes, ante el Departamento de Economía y Hacienda.

5.º Interesar del Departamento de Economía y Hacienda la extensión de los oportunos libramientos a favor de los centros docentes que se relacionan en el Anexo III, correspondientes a los centros en los que hay matriculados alumnos beneficiarios de las ayudas.

La cuantía global de 46.161.000 pesetas, se abonará con cargo a la partida 41620-4800-4251 "Ayudas para la Adquisición de Libros de Texto" línea 14860-7 del Presupuesto de Gastos de 2000.

6.º Los Directores de los centros que figuran en el Anexo III justificarán en los términos establecidos en la norma 8.ª4 de la Convocatoria el pago de las ayudas a los beneficiarios relacionados en el Anexo I de esta Resolución, una vez que hayan comprobado que dichos beneficiarios han destinado las ayudas concedidas a los fines recogidos en la norma 8.ª3 de la misma Convocatoria.

7.º Para dar cumplimiento a la Norma 7.ª2 de la Convocatoria citada, los solicitantes incluidos en los Anexos I y II, que se consideren lesionados en sus posibles derechos, podrán presentar en el Departamento de Educación y Cultura dirigido al Servicio de Centros y Ayudas al Estudio, la modificación, rectificación o revisión de su solicitud con las alegaciones oportunas, en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la fecha de publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente Resolución provisional.

8.º Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y exponer los Anexos de esta Resolución en:

-La Oficina de Información al público del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, 2. Pamplona.

-Negociado de Información y Documentación de la Dirección General de Educación, calle Santo Domingo, s/n. Pamplona.

-En los tablones de anuncios de los centros docentes respectivos serán expuestos los listados del alumnado solicitante de los mismos con las propuestas provisionales de concesión o denegación de ayudas.

9.º Trasladar la presente Resolución al Interventor-Delegado del Departamento de Economía y Hacienda en Educación, Servicio de Centros y Ayudas al Estudio, Sección de Ayudas al Estudio y Negociados de Becas y Gestión Económica.

Pamplona, a quince de diciembre de dos mil.-El Director General de Educación, Santiago Arellano Hernández.

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