III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
ERROIBAR/VALLE DE ERRO
Tipos de gravamen para el año 2001
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 30 de enero de 2001 de conformidad a los establecido en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
1.-Fijar el 0,28 por ciento el tipo de gravamen para la exacción de la contribución territorial urbana.
2.-Fijar el 0,27 por ciento el tipo de gravamen para la exacción de la contribución territorial rústica.
3.-Fijar el 2 por ciento sobre el presupuesto de ejecución material el tipo de gravamen del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
4.-Aplicar el índice 1,10 a las tarifas de impuesto de actividades económicas.
5.-Respecto al impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, aplicar los porcentajes 2,1, fijando el tipo de gravamen en el 8,6 por ciento.
Lo que se hace público para el general conocimiento y efectos.
Erroibar/Valle de Erro, seis de junio de dos mil uno. El Alcalde, Francisco Almirantearena Juango.
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