BOLETÍN Nº 77 - 25 de junio de 2001

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Obras y Servicios Públicos

DECRETO FORAL 124/2001, de 21 de mayo, por el que se aprueba la desafectación de 3.000 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Caparroso, para su posterior cesión de uso.

El Ayuntamiento de Caparroso solicita la preceptiva aprobación del Gobierno de Navarra de la desafectación de 3.000 metros cuadrados de terreno comunal, correspondientes a parte de la parcela 829 del polígono número 9, en la corraliza "Las Vales".

El objeto de la desafectación propuesta es la cesión de uso de los terrenos referidos a don Félix Garde Reinaldo, por un plazo, de 20 años, mediante el cobro de un canon anual, para trasladar la explotación ganadera que ahora tiene en la zona urbana.

Por el Ayuntamiento de Caparroso se ha dado estricto cumplimiento a lo establecido sobre la materia objeto de este expediente en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, así como en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra, aprobado mediante el Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintiuno de mayo de dos mil uno,

DECRETO:

Artículo 1.º Se aprueba la desafectación de 3.000 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Caparroso, correspondientes a parte de la parcela 829 del polígono número 9, en la corraliza "Las Vales".

Artículo 2.º Se autoriza al Ayuntamiento de Caparroso a la cesión de uso del terreno desafectado a don Félix Garde Reinaldo, por un plazo de 20 años, mediante el cobro de un canon anual, para trasladar la explotación ganadera que ahora tiene en la zona urbana.

Artículo 3.º La aprobación de dicha desafectación se condiciona a que se dé fiel cumplimiento al pliego de condiciones aprobado al efecto por el Ayuntamiento de Caparroso, en especial a la cláusula de reversión en caso de que desaparezcan o se incumplan los fines que motivaron la desafectación.

Artículo 4.º El Ayuntamiento de Caparroso deberá proceder a la realización del deslinde de los terrenos objeto de este expediente.

DISPOSICION FINAL

Este Decreto Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, veintiuno de mayo de dos mil uno.-El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.-El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ignacio Javier Martínez Alfaro.

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