BOLETÍN Nº 77 - 25 de junio de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

P A M P L O N A

E D I C T O

El Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 5 de abril de 2001 adoptó, entre otras, la siguiente resolución:

"Visto el informe de la visita de inspección al edificio número 23, de la calle San Lorenzo, de Pamplona, efectuado por los Servicios Técnicos Municipales de la Oficina de Rehabilitación de Viviendas, de fecha 29 de marzo del año 2001, mediante el que se ha comprobado que presenta los siguientes desperfectos:

Desplazamientos e inclinaciones de los solados, que posiblemente derivan de la deformación o movimientos de elementos estructurales (elementos comunes) ocultos bajo el solado.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 224 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, he resuelto:

1.-Ordenar a los propietarios del edificio número 23, de la calle San Lorenzo, de Pamplona, que procedan en el plazo de un mes a la contratación de Arquitecto con el fin de inspeccionar el estado de los elementos estructurales (vigas en zona de caja de escalera), descubriendo la zona necesaria, realizar un seguimiento técnico controlado de la evolución de las deformaciones y los desplazamientos, y elaboración de proyecto en su caso para proceder a su reparación, refuerzo y consolidación.

Dentro del citado plazo de un mes tendrán que presentar justificante de dicha contratación de Arquitecto, debiendo informar al Ayuntamiento de las medidas propuestas por dicho Técnico para la solución de la problemática existente (actuación inmediata de reparación, o seguimiento de la patología y posterior reparación).

Según lo establecido en el artículo 10.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios que se opongan o demoren la ejecución de las órdenes dictadas por la autoridad responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse en vía administrativa.

2.-Apercibir a los propietarios del citado inmueble que la no presentación de lo requerido en el plazo indicado, supondrá además la incoación de expediente sancionador, como presuntos responsables de una falta leve tipificada en el artículo 248.5 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sancionada con multa de 50.000 a 1.000.000 de pesetas, y también podrá dar lugar a la imposición de multas coercitivas reiteradas por lapsos de tiempo mensuales por cuantía de 100.000 pesetas el primer mes, 200.000 el segundo, 300.000 el tercero, 400.000 el cuarto y 500.000 el quinto y sucesivos meses.

3.-Indicar a los propietarios que estas obras de reparación son parte de las necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio descrito al vigente Decreto Foral sobre financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda.

Para la ejecución de estas obras podrán acogerse a las ayudas de rehabilitación, siempre que se ejecuten junto con aquéllas necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio, a cuyo efecto pueden informarse en la Oficina Municipal de Rehabilitación de Viviendas, sita en la calle Eslava, número 1".

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

-Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

-Recurso de contencioso - administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien:

-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 y 59.5 apartado a), de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquéllos que, intentada la notificación de forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, nueve de mayo de dos mil uno. La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.

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