BOLETÍN Nº 77 - 25 de junio de 2001

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social número Uno de Navarra

Cédula de notificación

Don Antonio Fernández Ayesa, Secretaria Judicial del Juzgado Social número Uno de Navarra.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 51/2001 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de doña Rakel Etxeberria Ocaña, contra la empresa herencia yacente de purificación Gómez Sánchez (Bar Gallego), sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"Propuesta de auto. S.S.ª Secretario Judicial, don Antonio Fernández Ayesa. En Pamplona, siete de junio de dos mil uno.

Hechos.

Primero: En el presente procedimiento, seguido entre Rakel Etxeberria Ocaña, como demandante y herencia yacente de Purificación Gómez Sánchez, como demandada, consta: Sentencia de fecha 10 de mayo de 2001, cuyo contenido se da por reproducido.

Segundo: El citado título ha ganado firmeza sin que conste que la demandada haya satisfecho el importe de la cantidad líquida y determinada objeto de condena, por lo que se formula solicitud de ejecución del mismo.

Tercero: Por el Juzgado Social número Uno de Pamplona, se ha dictado auto de insolvencia de fecha 18 de abril de 2001, en la ejecución número 125/2000, de la demanda número 415/2000, respecto del mismo deudor.

Razonamientos jurídicos.

Unico: Dispone el artículo 274.3 de la L.P.L. que declarada judicialmente la insolvencia de una empresa, ello constituirá base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones, pudiéndose dictar auto de insolvencia sin necesidad de reiterar los trámites de averiguación de bienes establecidas en el artículo 248 de esta Ley, debiendo darse audiencia al actor y al Fondo de Garantía Salarial, para que en el plazo de quince días señalen la existencia de nuevos bienes. Por ello y vista la insolvencia ya dictada contra la ejecutada, se adopta la siguiente resolución:

En atención a lo expuesto,

Se acuerda: Despachar la ejecución solicitada por doña Rakel Etxeberría Ocaña, contra herencia yacente de Purificación Gómez Sánchez, en base al título mencionado en los Hechos de la presente resolución por un principal de 140.424 pesetas, más la cantidad de 10.531 pesetas en concepto de intereses y 14.042 pesetas en concepto de costas, las cuales se calculan provisionalmente y sin perjuicio de la posterior liquidación.

Dése audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora, para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación, sin perjuicio de su ejecutividad.

Esta es la resolución que propone el Secretario Judicial de este Juzgado, a la ilustrísima señora doña Ana Isabel Molina Castiella, Magistrado, Juez del Juzgado de lo Social número Uno. Doy fe. Conforme: La Magistrado, Juez. El Secretario Judicial".

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los Estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a herencia yacente de Purificación Gómez Sánchez (Bar Gallego), que estuvo domiciliada en Pamplona, calle Jarauta, número 57 bajo y hoy en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En Pamplona, a siete de junio de dos mil uno. El Secretario Judicial, Antonio Fernández Ayesa.2190

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