BOLETÍN Nº 69 - 6 de junio de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

P A M P L O N A

Convocatoria para la provisión de 4 plazas de Cabos de la Policía Municipal de Pamplona

Base 1.-Condiciones generales.

1.1. Se anuncia convocatoria para la provisión de 4 plazas de Cabo de la Policía Municipal de Pamplona, por el procedimiento de concurso-oposición entre los miembros del referido Cuerpo que cumplan los requisitos exigidos en la base 2 de esta convocatoria.

1.2. Las plazas que se convocan están dotadas de las retribuciones básicas correspondientes al nivel D, del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, y de las retribuciones complementarias correspondientes a Cabos, miembros de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Pamplona.

1.3. Los titulares de las mismas realizarán las funciones y cometidos establecidos por el ordenamiento jurídico para cabos de la Policía Municipal. Asimismo estará sometido al régimen de derechos y deberes fijados en la legislación específica, y en concreto al régimen de incompatibilidades vigente.

Base 2.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a las pruebas, los aspirantes deberán tener una antigüedad mínima de dos años como Agente de la Policía Municipal de Pamplona.

2.2. El requisito anterior ha de poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

Base 3.-Desarrollo del concurso-oposición.

3.1. Fase de concurso.

3.1.1. El Tribunal valorará los méritos alegados por los aspirantes que se calificarán y puntuarán según el baremo adjunto.

3.1.2. Todos los méritos deberán ser alegados y probados documentalmente por los aspirantes en el momento de presentar la instancia solicitando tomar parte en el concurso-oposición, teniéndose por no presentados en caso contrario.

3.1.3. El Tribunal podrá solicitar aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes.

3.1.4. Concluida la fase de concurso, el Tribunal hará público el resultado de la valoración con expresión de los puntos obtenidos por cada concursante.

3.1.5. La calificación de la fase de concurso deberá realizarse y publicarse con anterioridad a la fecha de inicio de la fase de oposición.

3.2. Fase de oposición.

La fase de oposición se iniciará en el lugar, fecha y hora que se señale en la misma resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos y constará de las siguientes pruebas:

a) Una prueba teórica consistente en contestar por escrito a treinta preguntas que sobre el temario que se contiene en el Anexo 3, se formularán por el Tribunal.

b) Una prueba práctica escrita consistente en resolver un supuesto práctico que versará sobre intervención y/u organización policial, que será propuesto por el Tribunal.

Cada uno de los ejercicios tendrá una duración máxima de dos horas, el Tribunal podrá disponer tanto la duración de los ejercicios como la celebración de la prueba en una o varias jornadas, estando facultado además para limitar la extensión máxima escrita por los aspirantes.

Igualmente podrá disponer la forma de desarrollo, en tipo test o de otra forma, total o parcialmente.

La prueba teórica tendrá una valoración máxima de 30 puntos. La prueba práctica tendrá una valoración máxima de 20 puntos.

Quedarán eliminados los aspirantes que no alcancen la mitad de la puntuación en alguna de las dos pruebas.

3.3. Una vez finalizadas las pruebas de la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación total obtenida, sumadas la fase concurso y la fase oposición, así como la relación de aspirantes admitidos al Curso de Formación, que será los cuatro que hayan obtenido mayor puntuación, quedando eliminados del proceso selectivo, en su caso, los restantes aspirantes aprobados.

Se calificará a los aspirantes que accedan a dicho curso como "apto" o "no apto", teniendo carácter eliminatorio. A los calificados como "apto" se les valorará el resultado del curso mediante la correspondiente puntuación, pudiendo otorgarse un máximo de 10 puntos.

Base 4.-Instancias.

4.1. Las instancias para participar en las pruebas selectivas deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, en el plazo de 15 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo oficial publicado en esta convocatoria, como Anexo 1, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos para concurrir a esta oposición.

4.2. Las instancias deberán acompañarse de los documentos originales o copias compulsadas de cuantos méritos sean alegados por los concursantes a tenor del baremo establecido en el Anexo 2.

4.3. El plazo de presentación de instancias será improrrogable.

4.4. Finalizado el plazo de presentación de instancias, la muy ilustre señora Alcaldesa dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.5. Los aspirantes excluidos, dentro del plazo de 5 días hábiles siguientes a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones, o en su caso, subsanar los defectos formales de su instancia y documentación adjunta.

4.6. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, la muy ilustre señora Alcaldesa dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En dicha resolución se determinará lugar, fecha y hora del inicio de la primera prueba de la fase de oposición.

Base 5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal que ha de valorar el concurso-oposición deberá constituirse antes del inicio de las pruebas y estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: La muy ilustre señora Alcaldesa o Concejal en quien delegue.

-Vocal: Señor Director del Area de Protección Ciudadana.

-Suplente: Don Javier Arteta Górriz, Oficial de Policía Municipal.

-Vocal: Señor Jefe de Policía Municipal.

-Suplente: Don Francisco Javier Arrobarren Barrena, Oficial de Policía Municipal.

-Vocal: Un representante de la Comisión de Personal.

-Suplente: Otro representante de la Comisión de Personal.

-Vocal-Secretario: Don Javier García Martínez, Letrado.

-Suplente: Don Víctor Sarasa Astráin, Letrado.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mayoría absoluta de sus miembros, y resolverá las dudas y cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria por mayoría simple de los asistentes.

5.3. El mismo Tribunal elevará al Ayuntamiento la propuesta final de nombramiento según las puntuaciones totales otorgadas por el mismo, sumadas la fase de concurso, la fase de oposición y el curso de capacitación.

Base 6.-Nombramiento y toma de posesión.

6.1. Por la muy ilustre señora Alcaldesa se procederá al nombramiento de los aspirantes propuestos por el Tribunal, pudiendo quedar desiertas si los aspirantes no superasen los mínimos establecidos.

6.2. Los nombrados deberán tomar posesión de la plaza dentro de los diez días siguientes al de su nombramiento. Si en el plazo citado y salvo causa de fuerza mayor no tomaran posesión, perderán todos los derechos.

Base 7.-Recursos.

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso - administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante la muy ilustre señora Alcaldesa dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Pamplona, once de abril de dos mil uno. La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.

ANEXO 1

Modelo de instancia

Ilustrísimo señor:

Don ................... funcionario en activo de la Policía Municipal de Pamplona con la categoría de .......................

Solicita ser admitido a la convocatoria de provisión, mediante concurso-oposición, de 4 plazas de Cabos de la Policía Municipal y declara que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos.

Por lo expuesto: Ruega a V.I. se sirva admitir la presente instancia y en su virtud admitir al firmante a la convocatoria de Cabo de la Policía Municipal.

Pamplona, ...... de ............... de dos mil uno.

(Firma)

Muy ilustre señora Alcaldesa Presidenta del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona.

ANEXO 2

Baremo de méritos

1.-Títulos académicos: hasta 5 puntos.

Doctor: 5 puntos.

Título superior: 4 puntos.

Título medio: 3 puntos.

No se computará el título acreditado en el acceso al puesto de Agente.

2.-Servicios prestados a las Administraciones Públicas: Hasta 5 puntos.

-Por cada año completo de servicio: 0,25 puntos. Se valorará proporcionalmente los períodos inferiores al año.

No se valorarán los años considerados como requisito de los aspirantes.

3.-Currículum profesional: Hasta 5 puntos.

-Por cada año completo de servicio en empleo de superior categoría a la que ostenta: 0,1 puntos.

Se valorará proporcionalmente los períodos inferiores al año.

-Cursos, publicaciones, honores, recompensas, etcétera.

ANEXO 3

Temario de la oposición

1.-La detención. Regulación legal. Casos en que procede; procedimiento. Derechos del detenido. Casos particulares. El procedimiento de habeas corpus.

2.-Identificación y citación del delincuente. El atestado: Concepto, valor legal, fines.

3.-La prueba procesal. Los instrumentos de prueba. Intervención de la policía judicial. La inspección ocular. Entrada y registro en lugar cerrado.

4.-Delitos cometidos con vehículos de motor. Delitos contra la seguridad del tráfico: Conducción bajo influencia de bebidas alcohólicas o drogas; conducción temeraria; creación de grave riesgo para la circulación.

5.-Ley sobre Tráfico y Reglamento General de Circulación.

6.-Ley Foral de Espectáculos públicos y Actividades Recreativas: Legislación en materia de Actividades Clasificadas.

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