BOLETÍN Nº 56 - 7 de mayo de 2001

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Ordenes Forales

ORDEN FORAL de 26 de marzo de 2001, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se modifica en lo que se refiere al porcentaje máximo de retirada, la Orden Foral de 27 de diciembre de 2000, sobre pagos por superficie a determinados productos agrícolas, primas ganaderas, indemnización compensatoria en zonas desfavorecidas y ayudas.

El artículo 18 del Real Decreto 1893/1999, de 10 de diciembre, modificado por el Real Decreto 3477/2000 de 29 de diciembre sobre pagos por superficie, contempla que, cuando la aparición de anormalidades en una campaña, originadas por la variabilidad climática que caracteriza a nuestra agricultura, tales como los excesos o carencias de precipitaciones, impidan la conducción normal de los cultivos en la zona, las Comunidades Autónomas podrán eximir del respeto de los límites de retirada establecidos en el apartado 2 del artículo 11 del presente Real Decreto a las explotaciones de las zonas o regiones afectadas.

Como consecuencia de las precipitaciones excepcionalmente altas, que dificultaron las labores normales de cultivo, se incrementaron los límites máximos de retirada en secano.

Teniendo en cuenta el aumento del límite máximo autorizado de retirada en el secano de la Comunidad de Aragón hasta un 75 por 100 en productores mayores de 92 toneladas, se considera conveniente aumentar el máximo de retirada autorizado en el secano de Petilla de Aragón por la situación geográfica de este municipio.

El exceso de precipitaciones también ha dificultado el normal desarrollo de las obras de concentración parcelaria y la realización de siembras en los municipios de Arguedas, Cabanillas y Murillo el Fruto.

En consecuencia, y en ejercicio de las facultades que me han sido atribuidas por el artículo 36.2 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

Artículo único.-Se modifica el artículo 18 de la Orden Foral de 27 de diciembre de 2000, sobre pagos por superficie a determinados productos agrícolas, primas ganaderas, indemnización compensatoria en zonas desfavorecidas y ayudas agroambientales, de la siguiente manera:

1. Se añade Petilla de Aragón a la relación de municipios que se citan en el número 2 del artículo 18.

2. Se añade un tercer párrafo al artículo 18 con el siguiente texto: "En el regadío de los municipios de Murillo el Fruto, Arguedas y Cabanillas se autoriza un porcentaje de retirada para la campaña 2001 de hasta el 75 por 100 de la superficie por la que se soliciten pagos compensatorios".

DISPOSICION ADICIONAL

Esta Orden Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, veintiséis de marzo de dos mil uno.-El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ignacio Javier Martínez Alfaro.

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